por vulneración del deber de secreto en llamadas de recobro de deudas...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res..._Recurrida.pdf
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por vulneración del deber de secreto en llamadas de recobro de deudas...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res..._Recurrida.pdf
consulta no justificada de fichero de morosos...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res...o-6.1-LOPD.pdf
cesión incorrecta de deuda...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res..._Recurrida.pdf
consulta injustificada a fichero de morosos...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res..._Recurrida.pdf
mantenimiento en fichero de morosidad pese a reclamación judicial...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res...o-4.3-LOPD.pdf
inexactitud deuda en fichero de morosos no debe ser sancionada sino rectificada...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res...o-4.3-LOPD.pdf
inclusión en fichero de morosos a pesar de reclamación...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res..._Recurrida.pdf
cargo de seguro de vida no contratado...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res...o-6.1-LOPD.pdf
revelación telefónica a teceros de datos de morosos...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res..._Recurrida.pdf
cesión de deuda sin amparo legal...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res..._Recurrida.pdf
no se advierte que en caso de impago se incluirá en fichero de morosos...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res..._Recurrida.pdf
cesión de deuda inexistente...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res..._Recurrida.pdf
inscripción indebida fichero de morosidad...
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res..._Recurrida.pdf
Gracias Sherlock ;)
gracias judith:)
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Gracias judith, eres la caña
Judit74, muchísimas gracias, se me están ocurriendo 4 o 5 denuncias ante la APD de los ineptos de MBNA/ AVANTCARD, desde la inclusión de seguros que nunca he contratado hasta la cesión de datos a los "draculines" de las agencias de morosidad. Muchas gracias por tu trabajo.
Muy buen trabajo Judith
Excelente judith!!!! muy pero que muy bién currado, me va a ser de gran utilidad!!;)
Que gracia me hace en la multa a BBVA le dicen que puede ingresar el dinero en la cuenta 0182-xxxx-xx-xxxxxxx, que es de la entidad BBVA, si, que hagan un traspaso que no lleva comisiones.
Gracias Judit74, acabo de encontrar esta entrada, con un par de resoluciones, perfectas para fundamentar una denuncia que voy a presentar contra Vodafone.
gracias Judith
Hasta esperar los 15 mensajes que tengo que hacer, ME GUSTA
Gracias por esa aportación judith, magnífico trabajo.
La pena es que el hilo se haya quedado "paradillo".
siteblaer que el hilo se haya quedado parado no quiere decir que la asesoria de proteccion este asi de hecho puedes comprobar el trabajo que hicimos con el nuevo anexo para las denuncias ante la agencia por vulnerar nuestros derechos y es mas seguimos trabajando en mas escritos para acabar con esta lacra de las llamadas a vecinos, familiares etc lo que pasa que es un tema que lo queremos hacer bien estructurado y articulado para poderles pillar por ahi por donde estas pensando y aceptamos ideas estamos abiertos ha cualquier idea un saludo .
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Inclusión en fichero de solvencia patrimonial sin requerimiento previo (multa de 40.000 euros a UNOE-BANK - No recurrida).
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res...o-4.3-LOPD.pdf
Extracto de la resolución: En este caso, la entidad denunciada puso en marcha un sistema recuperatorio de la deuda generada por el denunciante, cliente de la entidad, informando de la deuda generada al fichero de morosidad ASNEF sin requerimiento previo de pago con advertencia de la posibilidad de inclusión caso de impago al denunciante.
Inclusión en fichero sin requerimiento ni deuda cierta -se trataba de un préstamo declarado nulo por sentencia (multa de 20.000 euros a bankia).
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res...o-4.3-LOPD.pdf
Extracto: En este caso, BANCAJA (ahora Bankia SA) informó los datos personales de la persona
denunciante al fichero Asnef y al de Badexcug sin el requerimiento previo y sin deuda exigible. Los hechos anteriormente relatados son contrarios al principio de calidad de datos consagrado en el artículo 4.3, en relación con el 29.4 de la LOPD.
Dar de alta en CIRBE préstamo ya cancelado (Multa de 15.000 euros a Caixabank).
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res...o-4.3-LOPD.pdf
Extracto: En el supuesto que nos ocupa el elemento subjetivo de la culpabilidad se concreta en la falta de diligencia observada por CAIXABANK, S.A. S.A. al tratar datos de forma inexacta del denunciante, ya que no ha podido acreditar fehacientemente porque
constando que el préstamo hipotecario del denunciante estaba cancelado se dio de alta al denunciante en la CIRBE, declarando un riesgo financiero a largo plazo a su nombre.
Demanda contra cónyuge NO cotitular de crédito (Multa de 10.000€ a Cofidis).
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/res...o-4.3-LOPD.pdf
Extracto: En el caso examinado, de las actuaciones practicadas ha quedado acreditado que COFIDIS vulneró el artículo 4.3 de la LOPD, al incorporar a su fichero de clientes los datos de la denunciante no respondiendo con veracidad a su situación actual (en aquel momento), ya que no era cliente de la entidad, asociándolos a una deuda que no le correspondía y vinculándolos al contrato nº ***CONTRATO.1, que había sido suscrito por su pareja, presentando demanda en reclamación de deuda, proceso monitorio seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Alcobendas(Madrid), por lo que ha de entenderse conculcado el principio de calidad de datos y, por tanto, su actuación ha de ser merecedora de sanción.
Otra resolución sancionadora por inclusión en fichero de solvencia patrimonial sin requerimiento previo
(Multa de 50.000 euros a COFIDIS).
https://www.agpd.es/portalwebAGPD/re...4-4.3-LOPD.pdf
Toma, otra para Cofidis !!!!
Ahora me voy a comer, pero luego la leeré con más detenimiento, pues no entiendo porqué por ese mismo motivo la AGPD no sanciona siempre y hace como el BdeE, a uno sí y a otro no.
Gracias por la noticia Wasp.
con el dia que llevo hoy con cofidis¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ oleeeeeeeeeeeeeeeeeeee
Inclusión en ficheros de solvencia patrimonial por deuda incierta
(Multa de 50.000 euros a Banco Sabadell). Recurrida.
Archivo adjunto 10233
BANCO DE SABADELL, S.A. había incluido datos de carácter personal en ASNEF y BADEXCUG por una deuda incierta, al existir un procedimiento judicial abierto para determinar su procedencia (...) sin que los datos respondieran a la situación actual de los denunciantes. Esto vulnera el principio de calidad del dato.
A pesar del pronunciamiento de la STS, de 15 de julio de 2010, constituye doctrina uniforme de la Audiencia Nacional que de los tres requisitos que menciona el artículo 38.2 en su versión definitiva (tras ser parcialmente anulado por aquella STS):
a) deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada;
b) que no hayan transcurrido seis años; y c) Requerimiento previo de pago a quien corresponda el cumplimiento de la obligación), no cabe ninguna duda de que se incumple el primero de ellos en el presente caso, pues la deuda no era cierta. Y ello porque cabe concluir que la deuda no reúne tales requisitos legalmente exigidos cuando exista una reclamación que sea planteada por el deudor, que además se refiera a la “certeza” de la deuda, esto es, a su existencia y cuantía, y que se plantee ante una instancia judicial arbitral o administrativa, con competencia para resolver la misma, circunstancias todas las cuales concurren en el presente supuesto, según se desprende de la relación de hechos probados que antecede.
Gracias por el esfuerzo judith74 mil gracias, esto es de muchísima utilidad.
:o
me gustaría hacer una pequeña puntualización, a pesar de haber sido yo la que abrió este hilo en su momento, no he tenido mucho tiempo para seguir colgando información que os pueda ser de utilidad, pero he de decir que los compañeros wasp y jufranmo están trabajando en ello y a partir de ahora seran los encargados de seguir actualizando el hilo con sus magníficas aportaciones, estamos todos en el mismo barco y considero que igualmente se debería de agradecer la labor, el esfuerzo y dedicación de todos los compañeros del foro, ya que considero que absolutamente "todos" están haciendo un gran trabajo... un saludo!
No se si esta puesta,si esta me rectificais.Muchas gracias.
Revelado a terceros información confidencial relativa a las deudas que mantenían:
Archivo adjunto 10140
muchas gracias por tu aportación FLGR994, cuando me refería a que ellos serán los encargados de ir actualizando el hilo, es porque son los asesores de la protección de datos y se encargaran de supervisar toda la información, pero el resto de compañeros podremos seguir aportando información como lo hemos venido haciendo hasta ahora... un saludo!
Gran reflexión IRINA sobre el porque no se sanciona siempre, pienso que o se sanciona a todos o a ninguno...
Seria muy interesante el recoger los criterios que se repiten a la hora de sancionar a empresas y asi poder ajustarnos a ellos.
Gracias a todos por las informaciones, un saludo.
¿Existe alguna resoluión sobre "Cesion de deuda real y datos", no reflejada en contrato ni en condiciones particulares o generales (porque no existen) a empresas de recobro? Estoy a ver que puedo hacer con consumer, han pasado esto a konecta, en el contrato que vino por fax, no hay condiciones generales, sólo particulares (intereses, penalizaciones por mora, cancelación anticipada, etc.). El caso es que consumer ha cedido mi deuda y datos a konecta, sin aviso previo y sin mi consentimiento, el caso es que he leido que no neceseita mi consentimiento si el fin de dicha cesión es la recuperación de la deuda. Ruego me aclareis un poco esto si os es posible. Gracias.