Una juez anula un contrato de swaps entre una particular y Banco Popular
Un juzgado de Mataró ha declarado nulo un contrato de "swaps" entre una particular y Banco Popular, al que obliga a devolver el dinero cobrado con los intereses correspondientes y asumir las costas del juicio, según informó el Col·lectiu Ronda de abogados.
[Menéame]
Europa Press
Miércoles, 9 de Noviembre de 2011 - 13:42 h.
La sentencia, del 27 de octubre y a la que ha tenido acceso Europa Press, hace referencia a un "swap" de noviembre de 2008, que la particular firmó como un seguro que debía asumir si quería subrogar su hipoteca.
La juez argumenta que los riesgos que entrañaba el contrato no pueden hacer considerarlo un seguro, y que la información a la denunciante sobre estos riesgos no fue "suficiente".
Col·lectiu Ronda señala que, cuando en el segundo trimestre de 2008 las entidades financieras seguían comercializando de forma masiva "swaps" --que se habían generalizado desde 2006 para acompañar hipotecas--, ya conocían la tendencia bajista de los tipos de interés, lo que afectó a unas 200.000 personas en toda España (30.000 en Catalunya).
Según indicó, se trataba de productos pensados para profesionales pero que se vendieron a pequeños empresarios y particulares como seguro contra la subida de los tipos de interés, sin informarles de que, si bajaban los tipos, el cliente debía pagar la diferencia al banco.