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Tema: Fichero de morosos y contrato seguro coche

  1. #51
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    Avatar de Phennix36
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    Buenas Tardes.

    Solo para los que tengan alguna duda sobre las leyes de seguros reguladas por la dirección general de seguros y fondos de pensiones.

    la ley dice (no hacerme buscar el numero de articulo) que el asegurado tiene la obligación de notificar con dos meses de antelación la baja de cualquier seguro, pero, y digo pero, por que aquí viene el desconocimiento de la mayoría, LA ASEGURADA TAMBIEN TIENE LA OBLIGACION DE COMUNICAR CUALQUIER VARIACION DE PRIMA CON 2 MESES TAMBIEN, que quiere decir esto que si, como nos pasa a todos en la mayoria de casos solo nos enteramos del incremento de prima cuando nos pasan el recibo por el banco, (y aunque probemos de llamar un mes antes para preguntarles a cuando asciende la renovación nos dicen que no tienen todavia referencia del precio de la prima), y si esa subida no esta en las condiciones generales y particulares de nuestra poliza cuando se firmo en su dia, podemos darnos de baja o nos tienen que respetar la prima del año anterior. OJO DIGO SI EL INCREMENTO NO ESTA ESTUPILADO EN LAS CONDICIONES DEL CONTRATO. esto quiere decir que si no hemos tenido ningún siniestro ni percance con la compañía solo nos pueden subir la prima de ese año el IPC anual, no valen ni incrementos por estudios de siniestralidad ni nada que se inventen. O sea que ya sabeis para los que teneis incrementos de pólizas sin haber tenido ningún siniestro ni percance, os deben respetar la póliza. Eso si, como cualquier otro caso aquí expresado, si no nos hacen caso carta al SAC con carta certificada.
    A mi me lleva pasando desde hace 2 años con AXA SEGUROS y me llevan respetando la misma prima desde hace ese tiempo, eso si cada renovación cartita al SAC, son de mollera débil, se olvidan, y yo con mi cartita se los vuelvo a recordar.
    Y respecto a lo aquí expuesto en el tema, aunque yo no he tenido muchos problemas con los seguros, si que es verdad que alguna me ha rechazado el seguro, supongo por estar en ASNEF. Eso si, si habéis debido algún dia algún recibo con alguna compañía o os habéis dado de baja sin justificar el motivo y sin avisar con los 2 meses de antelación olvidaros para siempre volver a entrar en esas compañías.

  2. #52
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    Bueno a mi ahí una que me importa un pepino volver...por la boque de una de sus comerciales...perdieron ese año 27 asegurados gracias a ella...
    Creo que esa noche vieja se le atragantaron las uvas por boque.Un saludo.
    No volvere a no ser que me regalen de por vida los seguros..

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  3. #53
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    Y no os voy a decir la compañía pecadora porque solo se dice el pecado.Un saludo.

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  4. #54
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    Cita Iniciado por Phennix36 Ver mensaje
    Buenas Tardes.

    Solo para los que tengan alguna duda sobre las leyes de seguros reguladas por la dirección general de seguros y fondos de pensiones.

    la ley dice (no hacerme buscar el numero de articulo) que el asegurado tiene la obligación de notificar con dos meses de antelación la baja de cualquier seguro, pero, y digo pero, por que aquí viene el desconocimiento de la mayoría, LA ASEGURADA TAMBIEN TIENE LA OBLIGACION DE COMUNICAR CUALQUIER VARIACION DE PRIMA CON 2 MESES TAMBIEN, que quiere decir esto que si, como nos pasa a todos en la mayoria de casos solo nos enteramos del incremento de prima cuando nos pasan el recibo por el banco, (y aunque probemos de llamar un mes antes para preguntarles a cuando asciende la renovación nos dicen que no tienen todavia referencia del precio de la prima), y si esa subida no esta en las condiciones generales y particulares de nuestra poliza cuando se firmo en su dia, podemos darnos de baja o nos tienen que respetar la prima del año anterior. OJO DIGO SI EL INCREMENTO NO ESTA ESTUPILADO EN LAS CONDICIONES DEL CONTRATO. esto quiere decir que si no hemos tenido ningún siniestro ni percance con la compañía solo nos pueden subir la prima de ese año el IPC anual, no valen ni incrementos por estudios de siniestralidad ni nada que se inventen. O sea que ya sabeis para los que teneis incrementos de pólizas sin haber tenido ningún siniestro ni percance, os deben respetar la póliza. Eso si, como cualquier otro caso aquí expresado, si no nos hacen caso carta al SAC con carta certificada.
    A mi me lleva pasando desde hace 2 años con AXA SEGUROS y me llevan respetando la misma prima desde hace ese tiempo, eso si cada renovación cartita al SAC, son de mollera débil, se olvidan, y yo con mi cartita se los vuelvo a recordar.
    Y respecto a lo aquí expuesto en el tema, aunque yo no he tenido muchos problemas con los seguros, si que es verdad que alguna me ha rechazado el seguro, supongo por estar en ASNEF. Eso si, si habéis debido algún dia algún recibo con alguna compañía o os habéis dado de baja sin justificar el motivo y sin avisar con los 2 meses de antelación olvidaros para siempre volver a entrar en esas compañías.
    Phennix echa un vistazo a esto:

    La ley del seguro permite anular la póliza a sólo un mes de su vencimiento

    La Ley 50/1980 de 8 octubre del Contrato de Seguro verá modificado su polémico artículo 22 el próximo día 1 de enero de 2016, momento en que entrará en vigor la Disposición Transitoria Decimotercera de la Ley 20/2015 de 14 de julio de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

    Hasta ahora, los contratos de seguros se renovaban automáticamente cada año, salvo comunicación en contra.

    Concretamente el artículo 22 de la actual Ley del Seguro establece que:

    “Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso.”

    Sin embargo, la nueva redacción da más derechos al consumidor.

    El nuevo redactado es el siguiente:

    “2. Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el tomador, y de dos meses cuando sea el asegurador.

    3. El asegurador deberá comunicar al tomador, al menos con dos meses de antelación a la conclusión del período en curso, cualquier modificación del contrato de seguro.

    4. Las condiciones y plazos de la oposición a la prórroga de cada parte, o su inoponibilidad, deberán destacarse en la póliza.”

    De esta manera, el consumidor podrá anular la póliza sólo un mes antes de su vencimiento y, además, con anterioridad a esta fecha, la aseguradora deberá haberle informado de cualquier modificación en la póliza para que el consumidor pueda elegir, con tiempo y con libertad, su renovación o cancelación.
    De la conducta de cada uno depende el destino de todos.

  5. #55
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    Pues yo soy otra persona que me meten un "palo" por estar en asnef.
    Me caduca el seguro, les llamo para renovación (la cuenta bancaria que tenian ellos ya no existe) me comunican que no es posible ni contratar nuevo seguro.
    Buscando y mirando otras cías, resulta que muchas no me aseguran por estar en asnef, y las que si lo hacen, tengo una diferencia, como mínimo de 150€.
    Hablando con una chica de una compañia, que resultó ser amable, me explica eso, que al pertenecer a asnef, o bien no te aseguran, o bien te meten "buen palo", y de pagar unos 200 ahora voy a pasar a pagar unos 350, ni un parte, todos los puntos, y yo diciendo que pagaba en ese momento, que lo pago anual por adelantado, pero no, se esta en asnef.
    El precio "nuevo" me viene a salir casi casi como cuando lo pille nuevo a todo riesgo.
    Una cosa es que no te den algo que te fraccionen, que primero te dan el servicio y luego lo pagas, estas en asnef, eres un "impagador" (pero ojo, puedes estar en asnef por una disputa con alguna compañia, y hasta que no se demuestre que llevas razón sigues estando en asnef con todo lo que conlleva) y a pesar de pagar el año por adelantado, si lo quiero, pues eso, ese importe "de más" por pertenecer a asnef.
    Me ha pillado por sorpresa, no me esperaba eso, y ufff.....se me ha quedado un cuerpo, una sensación de frustración.....en fin....cada vez más atados de manos.....

    Saludos.

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  7. #56
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    otro más... estoy en Genesis, hasta ahora pagaba 370€ por seguro a todo riesgo + franquicia 90€. Me envían un mensaje que pasan a cobrar la renovación del seguro y 700€... ni he tenido partes, ni nada ni utilizado su servicio. Me pongo en contacto con ellos y me dicen que por un error en su página web ese precio no era correcto. Estoy en asnef

  8. #57
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    Fichero de morosos y contrato seguro coche

    Cita Iniciado por diana70 Ver mensaje
    Buenos días, estoy desesperada porque ya he hablado con varias aseguradoras y no me aseguran el coche por estar en un fichero de morosos. ¿Hay alguna solución para esto? Estoy pagando una barbaridad de seguro y necesito una póliza más barato, porque precisamente necesito ese dinero que me ahorro para pagar. No sé qué hacer. Agradecería que alguien me orientara. Saludos a todos.
    Diana si quiere y sin compromiso tengo un familiar que es agente exclusivo y sin problemas te puede hacer un seguro. Si ya lo tienes..pues me alegro.
    Un saludo

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    RECUPERADAS COMISIONES BANCO SANTANDER 2.874,56 €

  9. #58
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    Hola sobre 300 seguro delo coche

    Cita Iniciado por suricato Ver mensaje
    Diana70 te he enviado la compañia por un mensaje privado, y coincido con Risto, mientras lo pagues de golpe problemas 0 que te lo denienguen a pagar a plazos no lo descarto...
    Me pudieran decir que por estar en la lista de morosos no me dejan contratar un seguro teniendo uno que pagarlo en el instante si alguien sabe para sacar un seguro de coche estando en el arnef gracias

  10. #59
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    Hola diana yo soy de canarias también y me pasa lo mismo me puedes por favor decir si resolvistes y por que aseguradora se me vence el seguro en abril y me mandan una nueva renovación con 300 de más por estar en ficheros cosa que paga uno antes de usar el seguro .Espero rsp gracias

  11. #60
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    Copio y pego lo que dice RCB en la 1a pagina por si no os aseguran el vehiculo:

    De cualquier forma, si nos niegan ese seguro, tenemos que pedir esa negativa por escrito y con tres negativas de tres compañias distintas, te diriges al Consorcio de seguros y tienen la obligación de asegurarte SI o SI y además bastante más barato que cualquier compañia del sector, ya que solamente pagarías por el seguro obligatorio, eso si, no te asegurarían ni lunas, ni robo, ni grúa, ni nada más que no fuera el seguro básico para poder circular de manera legal.

    En el consorcio no pueden negarse porqué sería inducirte al delito al "obligarte" a circular sin seguro.
    Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.

    No preguntes cuantos son, sino donde estan.

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