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Tema: compra de deuda ya ejecutada y con embargo

  1. #1
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    Avatar de jcgari
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    compra de deuda ya ejecutada y con embargo

    hola a todos :como ya comente banesto me puso un monitorio por una tarjeta y un credito acumulando acciones ya que la tarjeta era inferior a 2000 € y el prestamo se iba a los 8000 € con lo que pusieron uno pro el total unos 10000€ pedi justicia gratuita pero no me notificaron si me la concedian o no y el juezgado tampoco me notifico que la habian denegado por no tener documentacion sufificnete y se pasaba el plazo de oposicion con loq ue la otra parte solicito la ejecucion embargandome la devolucion de la renta de este año y los siguientes hasta el fin de los dias, mi sorpresa viene cuando me llaman de AIQON que han comprado a BAnesto ahora SAntander la deuda de la tarjeta solamente y que han presentado ya en el juzgado la subrogación. Mi pregunta es la siguiente ¿si el monitorio es por acumulacion de acciones (ambas deudas) pueden vender solo esa parte?,si ya esta realizado embargo y al parecer lo saben para que me reclaman ?y por último como se yo a que deuda aplican el embargo? Gracias

  2. #2
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    Pues tendrías que informarte en el juzgado, porque al menos yo, no tengo ni idea.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
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  3. #3
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    Si ya esta juzgada y ejecutandose el embargo,los que tienen un problema son ellos.
    Les han vendido una deuda que no pueden cobrar,que te dejen en paz y reclamen a quien les ha vendido la deuda.
    Tienes que mirar que pone en la sentencia.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  4. #4
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    Avatar de suricato
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    Pienso, que una vez que te ejecutan el embargo, y si han vendido la deuda problema de ellos, a los que te la reclaman (posiblemente seran recobradores), no hacerles ni caso, en tal caso plantearse el acoso.....

  5. #5
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    Cita Iniciado por wilfra22 Ver mensaje
    Si ya esta juzgada y ejecutandose el embargo,los que tienen un problema son ellos.
    Les han vendido una deuda que no pueden cobrar,que te dejen en paz y reclamen a quien les ha vendido la deuda.
    Tienes que mirar que pone en la sentencia.
    Rectifico, si se puede comprar la deuda ejecutada y luego de saldada pedir los intereses procesales.
    Tienen que presentar en el juzgado la documentacion de la compra de la deuda.
    El ejecutado o embargado se tiene que informar en el juzgado donde se dicto sentencia de ejecucion.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  6. #6
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    Avatar de suricato
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    Juer, hasta ese punto puede lleguar los buitres?????

  7. #7
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    Cita Iniciado por suricato Ver mensaje
    Juer, hasta ese punto puede lleguar los buitres?????
    Si presentan en el juzgado la documentacion de la compra de la deuda y el secretario judicial la admite, si.
    Pero estoy hablando de deudas JUZGADAS y SENTENCIADAS.
    No me refiero a las deudas pendientes de cobro sin decision judicial de por medio, esas a veces las compran en paquetes y no saben ni la documentacion que les venden de ellas, algunas veces les meten en el paquete deudas prescritas o ya cobradas.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

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