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Quien me lo puede explicar ???????
En el convenio del campo de Jaén, en la parte de las pagas extraordinarias pone al final :
Estas gratificaciones no serán absorbibles por la aplicación del Salario Mínimo Interprofesional.
Que quiere decir esto ? no entiendo
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yo entiendo que:
al salario minimo interprofesional se le ha de aplicar: + las pagas extras,
sin prorogatear éstas dentro del salario interprofesional.
Por concepto añadido no incluido dentro del salario interprofesional.
no se si me explico bien....
es lo que entiendo yo, que os parece?
estoy en lo cierto?
Última edición por Arancha2022; 02/02/2014 a las 07:01
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Yo tambien lo entiendo así, arancha.
Las pagas extras no deben ser prorrateables para sacar el SMI.
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