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Tema: Banco reinvierte deposito sin consentimiento

  1. #1
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    Banco reinvierte deposito sin consentimiento

    Hola a todos´
    necesito ayuda para una amiga.

    Un señor (el novio de mi amiga) tiene un deposito a plazo fijo -12 meses- que vence en Agosto.

    Y en el mismo banco una cuenta corriente, para los pagos de agua, luz, teléfono, impuestos etc.
    Esta cuenta se nutre normalmente por transferencias del extranjero (jubilación) que “encarga” este señor.
    El 10 de Junio este señor es ingresado en el hospital.

    A principio de Julio es devuelto un recibo de teléfono y mi amiga va al banco (conocida personalmente por los empleados) a ingresar este importe para pagar el teléfono.
    Ademas les explica lo que pasa y delante de ella el director del banco habla por teléfono con el señor, el que le indica que por favor sigan atendiendo los pagos, que dada su situación en este momento no puede transferir dinero del extranjero. Y en vista que en AGOSTO vence el plazo fijo se cubrirá el descubierto.

    El director se lo promete, que comprende la situación, que no se preocupe y que se mejore y blablá..

    Ninguno de los dos se preocupa mas por las cuentas, hasta que el señor fallece el 31 de Agosto.

    Ahora resulta que el BANCO SABADELL ha vuelto a meter el dinero fijo a 12 meses.
    “Es que, escribimos una carta para saber que hacer y como contestó, se ha prolongado automáticamente.

    Evidentemente no han pagado el IBI, cosa que el Notario necesita para levantar el testamento..
    Y mi amiga y los herederos no tienen dinero para anticipar.
    El recibo de la funeraria también lo han devuelto.

    ¿Que se puede hacer?
    Gracias por leer el tocho y por cualquier idea

    Saludos Andrea

  2. #2
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    Bobbie:

    Que pidan el contrato. Por lo que conozco, en todos debe aparecer la cláusula de renovación automática del depósito. Si se expresa de manera explícita la 'No renovación automática' y la entidad lo ha hecho unilateralmente sin la autorización expresa del cliente puede dar lugar a reclamación de indemnización en concepto de daños y perjuicios.

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  4. #3
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    Deberías mirar en el contrato si existe la posibilidad de renovación y sus condiciones; a partir de ahí, BdE indica:

    "En los depósitos de duración determinada, en cuyos contratos usualmente se incluyen la posibilidad y las condiciones de su renovación tácita, es fundamental que queden claramente determinados los plazos que las partes se conceden para el preaviso de vencimiento y para que el titular pueda renunciar a la renovación automática, así como la forma y plazo de comunicación, en su caso, de las nuevas condiciones de aplicación."

    Respecto al compromiso verbal del director, sin una prueba documental es como una noche sin luna y ese tipo de cosas.
    "Que Dios se apiade de mis enemigos, porque yo no lo haré"

    George Patton

  5. #4
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    "Cuidado con las renovaciones automáticas

    Por lo general, cuando se suscribe una imposición a plazo fijo, los ahorradores firman un contrato en el que se exponen todas las condiciones del producto: tipo de interés, plazo, importe, comisiones... Una de las últimas cláusulas es la posibilidad de renovación o no al vencimiento. En la actualidad, la inmensa mayoría de las entidades quieren y necesitan mantener ese pasivo a toda costa, por lo que tratan de conseguir que el cliente "pique" y renueve su depósito. El truco que utilizan muchas de ellas es, sencillamente, no avisar al ahorrador del vencimiento y renovar la imposición sin más, contando con que en el contrato figuraba esa posibilidad, aunque a tipos de interés mucho más bajos a los que ofrecían en sus superdepósitos de hace un año. El 4% que abundaba en los escaparates bancarios hace un año se convertirá en un escaso 2%, en los mejores casos, (tipo del euríbor a un año en la actualidad). Para evitar que le ocurra esto, debe consultar en su contrato la fecha de vencimiento y hacer una visita a su sucursal para conocer con qué condiciones se renovará el producto. Si no le interesan, comunique su deseo de cancelarlo al vencimiento.

    En otros casos, las entidades envían cartas avisando al cliente de que va a vencerle su depósito. En esas misivas solicitan que, si el usuario no quiere renovar la imposición debe enviar una carta o un fax al banco, más en concreto a la sucursal en la que tenga su cuenta corriente. Juegan, por tanto, con la posibilidad de que numerosos ahorradores, por dejadez o comodidad, hagan pasar el tiempo, sin mandar la citada contestación, lo que les da vía libre para confirmar la renovación.

    Teniendo en cuenta estas estrategias, conviene estar muy atento a la fecha de vencimiento de su depósito. Si su perfil de ahorrador es conservador o todavía no está dispuesto a asumir los riesgos de la renta variable, seguramente le interese cancelar la imposición con su entidad actual (que probablemente la renovará a tipos en torno al 1-2%) y traspasar el dinero a algunos de los bancos y cajas que todavía siguen pisando fuerte en la guerra del pasivo. Banco Espírito Santo, Banco Gallego, Unicaja o Banco Pastor mantienen entre sus ofertas actuales interesantes imposiciones al 4% o más, habitualmente para dinero nuevo."

    http://www.finanzas.com/noticias/dep...-responda.html

  6. #5
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    Gracias Post-it y Caninus,

    pues está j... La documentación se la han llevado los supuestos herederos (hijos) al extranjero.
    Obviamente ellos no pueden leerla.
    Y por culpa del Banco está todo parado.

    Si vamos al Banco, mucho me temo que nos daran unas condiciones generales cualquiera.

    No es justo, es un caso especial. Este Señor estuvo 2 meses y medio luchando por su vida.
    Lucha que al final perdio.

    Saludos Andrea

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