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Tema: CELERIS. Ayuda sobre el acoso que recibo por parte de Celeris

  1. #1
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    CELERIS. Ayuda sobre el acoso que recibo por parte de Celeris

    Mi problema es el siguiente: hace tres años aproximadamente decidí sacarme un ordenador portátil pagándolo en 10 mensualidades sin intereses. La financiera que usaba la tienda era Celeris. No los conocía de nada.

    Terminé de pagar el portátil y a la siguiente semana recibo una llamada de esta compañía. Me ofrecían un préstamo personal por lo bien que había pagado anteriormente sin demora de ninguna de las cuotas, me lo ponía todo bonito. Les dije la primera vez que no me interesaba. Volvieron a llamarme varias veces y en una de ellas consiguen convencerme. Todo estupendamente. Recibo el dinero instantáneamente. Yo les voy pagando las cuotas correctamente. Todo me lo hicieron vía telefónica y nunca he recibido una copia del contrato que les he exigido muchísimas veces. Siempre tengo la misma respuesta: “He puesto una nota y pronto será enviada para que usted la reciba en su casa”. Lo que recibo es una copia de mi antiguo préstamo del ordenador portátil.

    El año pasado vuelven a llamarme, a venderme una ampliación del prestamo. Las cuotas eran más pequeñas y me daban más dinero y con intereses menores alargando el tiempo del mismo. Todo me lo vende demasiado bonito y le exijo que me envíen la copia del contrato anterior que no me han enviado y del nuevo contrato. Vuelvo a caer de nuevo en el engaño.

    Entre medias necesito cambiar de ordenador portátil y vuelvo a financiarlo en 10 mensualidades sin intereses. Me junto en ese momento con dos préstamos con Celeris. Para ellos todo bonito, yo les voy pagando y ellos no se quejan.

    Ahora me ocurre que tengo problemas para pagarle las mensualidades (la culpa es mía por meterme en tantas cosas, está claro). Me llaman la primera vez, les comunico que tengo un problema con los pagos de la empresa y no les he podido pagar por ese motivo. No hay problema por parte de ellos que ya me llamarán dentro de una semana para ver si se soluciona el problema. Mentira, me llaman todos los días pero no solo a mí, sino a mis vecinos. Las llamadas son agresivas, con malos modos, falta de respeto, exigiendo a mis familiares que cogían el teléfono fijo su DNI y datos personales. Mis familiares se niegan a facilitar información puesto que el problema es conmigo y no con ellos.

    En la siguiente llamada que recibo hablo con la señorita y le exijo que me diga su nombre y apellidos y su DNI que la pienso denunciar por acoso y me dice que ella no tiene por qué darme información suya personal a lo que yo le contesto que tampoco debe exigirle información ninguna a ningún familiar y no molestar a los vecinos.

    Pago esa cuota y todo solucionado. Vuelvo a pedir la copia del contrato del préstamo y me mandan la del ordenador portátil.

    Pero a día de hoy vuelvo a no pagarles y me vuelven a acosar. Siguen con los malos modos, hablando de malas maneras y exigiendo información que me niego a facilitarles (porque no puedo pagar la cuota, porque no cobro de la empresa, porque no pido ayuda a un familiar, porque pago otras cosas y a ellos no, etc). Yo me niego a darle información ninguna y les contesto de malas maneras como ellos hacen conmigo y les aviso que les pienso denunciar. No sirve de nada porque siguen acosando.

    Buscando en google vi muchísimos casos parecidos al mio. En uno de ellos leí que se denuncie todo esto que ocurre a la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.agpd.es). Llamo a la AEPD y muy atentamente me dicen los pasos que tengo que seguir para que ellos denuncien este caso, porque ni deben llamar a los vecinos, ni deben llamar a la empresa (en mi caso no ha ocurrido por suerte pero en otros casos si), ni deben pedir información a los familiares, que los problemas que tienen son conmigo y solo deben hablar conmigo. Me han mandado a descargarme un impreso y que los vecinos a los que han llamado lo firmen denunciando que a ellos los han llamado.

    Ahora he leído también varias cosas más en este foro, como lo de exigir el contrato (el que nunca recibo) y el historial de cuotas pagadas (que también exigí en su día). Quisiera que me guíen como debo reclamar esa información puesto que no lo he comprendido bien, hay que mandar un escrito al Banco de España según he leído. Si alguien ha hecho un escrito similiar a ver si me puede aconsejar como realizarlo y a que correo debo mandarlo exactamente.

    Perdonar por la historia tan larga que os he contado pero es la única forma de que si alguien tenia pensado contratar un préstamo con estos individuos, se lo piensen bien. Espero sus respuestas.
    Última edición por xxxxxxxxx; 22/03/2012 a las 03:19

  2. #2
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    Con esta *******, te hartaras de pedir y depedir, y ellos mandaran lo que les de la realisima gana. Tu les puedes decir que que buen dia hace y ellos decirte que estan bien de salud.
    Son borricos como ellos solos, estafadores presuntos, asustaviejas y todo lo que te puedas imaginar; localizan todo tu entorno de gente, vecinos, amigos, familia y como les llames desde un sitio que no es tuyo, alli tambien llaman.
    Reclamalos sin dudarlo. En el hilo SAC, hay cartas para reclamar toda la documentación. La mejor es una de MBNA, la mas completa; modificala a tus condiciones y datos y epieza por eso.
    No te dejes intimidar, son lo peor de lo peor.
    Que si tengo problemas con los Bancos???, mas bien los Bancos los tienen conmigo, jajajaja.
    Si la vida te da la espalda, tócale el culo.

  3. #3
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    Hola!

    a mí igual me sacan de quicio muchas veces ésta gente, como otras compañías también. Lo que procuro hacer es fijarme en quien llama antes de contestar el teléfono. No tolero que invadan la privacidad de mi hogar.

    Fijate por ejemplo en http://www.tellows.es ahí puedes ver quien te llama, o deja tu comentario para que los demas sepan de cual numero llaman a molestar.

    Saludos!

  4. #4
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    Muchísimas gracias Pintense por la información voy a ponerme manos a la obra y a seguir tus indicaciones.
    Última edición por jaml; 13/03/2012 a las 19:54

  5. #5
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    No,no,no. Te has saltado lo mas importante. A ver,,primero carta certificada con acuse al sac de celeris,las cartas modelo estan en el apartado sacs,luego si no te contestan satisfactoriamente o pasan dos meses sin contestar,entonces es cuando se puede reclamar al bde. Para llegar al bde es requisito imprescindible haber reclamado antes al sac por medio demostrable (certificado con acuse o burofax con acuse) y que hayan pasado 2 meses desde la reclamacion o la contestacion a esta no sea satisfactoria.
    Pasate por el apartado sacs o mira en primeros pasos para reclamar y despacito,no corras que te puedes pasar de estacion.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  6. #6
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    Muchas gracias wilfra22. Empiezo en el foro y ya veo que la gente que se encuentra en él está dispuesta a ayudar. Espero ayudaros pronto a los dos.

  7. #7
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    Hola Jaml y bienvenid@ al foro. Ya te contesté en el otro hilo, pero lo haré también aquí.

    En el siguiente enlace tienes toda la información necesaria para comenzar con tus reclamaciones.

    Leete todo antes de hacer ningún movimiento y consultanos cuantas dudas te asalten antes de actuar.

    Vale más perder un poco de tiempo en informarte, que hacer las cosas mal y perder la oportunidad de recuperar lo que es tuyo.

    Ya te adelanto que te tienen que devolver muuuuucho dinero.

    Un saludo y bienvenid@

    http://www.foroantiusura.org/showthr...IMPRESCINDIBLE
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  8. #8
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    Después de enviarles la carta certificada con acuse de recibo pidiéndoles que me enviaran mi contrato (me enviaron todos los contratos que tengo y he tenido con ellos) en el plazo inferior a dos meses me respondieron. Después de leerme todo bien, me encuentro con la siguiente sorpresa en una de las cláusulas del seguro donde me cubren los problemas de pago:

    DESEMPLEO entendiéndose por tal a los efectos de este contrato, la situación en que se encuentra el asegurado cuando

    A) Se extingue su relación laboral:

    - Por despido improcedente.

    -En virtud de expediente de regulación de empleo (excepto en los casos en los que el Asegurado se adhiera voluntariamente al mismo) o despido colectivo.

    -Por muerte o incapacidad de su empresario individual

    - Por despido o extinción del contrato basado en causas objetivas económicas, técnicas, organizativas o de producción, de conformidad con el apartado c del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.

    - Por resolución voluntaria por parte del Asegurado ante las situaciones previstas en los artículos 40 (movilidad geográfica), 41 (modificaciones substanciales de las condiciones de trabajo) y 50 (extinción por incumplimiento del empleador) del Estatuto de los Trabajadores (R.D.L. 1/1995 de 24 de marzo).

    B) Se suspende la relación laboral en virtud de expediente de regulación de empleo o e reduzca a la mitad, al menos, la jornada de trabajo por dicha causa.

    Esta garantía comienza a contar a partir de la fecha efectiva de la prestación por desempleo realizada por el Servicio de Empleo Público Estatal u organismo competente, sin perjuicio del periodo de carencia y periodo mínimo en situación de desempleo establecidos en la póliza y finalizará en el momento en que el trabajador comience una nueva relación laboral, con la excepción reflejada en el siguiente párrafo.

    En el supuesto en que el Asegurado no haya percibido el límite máximo de prestaciones consecutivas, y comience una relación laboral de carácter temporal de duración inferior a 6 meses, el pago de la prestación se interrumpirá y se reanudará una vez finalice la relación laboral de carácter temporal hasta alcanzar dicho límite máximo, siempre y cuando el pago de las prestaciones se devengue dentro de los doce meses siguientes a la fecha del desempleo que originó el pago de la primera prestación.

    No se considera desempleo la situación en que se encuentra el trabajador:

    A. Cuando la finalización del contrato de trabajo se deba a un despido declarado legalmente procedente o baja voluntaria, excepto si se trata de un despido procedente basado en causas objetivas económicas, técnicas, organizativas o de producción, de conformidad con el apartado c del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores;

    B. Cuando cesen voluntariamente en el trabajo, salvo por las causas previstas en los artículos 40, 41 y 50 del Estatuto de los Trabajadores (R.D.L. 1/1995 de 24 de marzo) o c cuando el Tomador/ Asegurado se acoja voluntariamente a un Expediente de Regulación de Empleo;

    C. Cuando el contrato de trabajo finalice por jubilación del Tomador/ Asegurado o por jubilación del empleador, cualquiera que sea su causa;

    D. Cuando el despido es comunicado al Tomador/ Asegurado con anterioridad a la contratación del seguro o dentro de los plazos de carencia o éste se produzca dentro del periodo de prueba de un contrato indefinido, si existiera;

    E. El paro parcial y los contratos de trabajo fijos de carácter discontinuo, en los periodos en que carezcan de ocupación efectiva;

    F. Los despidos sin derecho a prestación por parte del Servicio Público de Empleo Estatal u organismo competente o aquéllos cuya indemnización sea menor del 50% de la legalmente establecida;

    G. Cuando hayan sido despedidos y no reclamen en tiempo y forma oportunos contra la decisión empresarial, salvo por extinción de contrato o despido basado en las causas objetivas previstas en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores (R.D.L. 1/1995 de 24 de marzo) en cuyo caso no sería necesaria dicha reclamación;

    H. Cuando, declarado improcedente o nulo el despido por sentencia firme y comunicada por el empleador la fecha de reincorporación al trabajo, no se ejerza tal derecho por parte del Tomador / Asegurado o no se haga uso, en su caso, de las acciones previstas en la legislación vigente;

    I. Cuando no hayan solicitado el reingreso al puesto de trabajo en el caso en que la opción entre indemnización o readmisión correspondiera al trabajador o se estuviera en excedencia y venciera el periodo fijado para la misma;

    J. Si el Tomador / Asegurado rechaza, dentro de su ámbito geográfico, un puesto de trabajo alternativo ofrecido por el mismo u otro empresario que esté acorde con su formación y previa experiencia;

    K. Si el Desempleo se produce después de que el Tomador / Asegurado haya alcanzado la edad legal de jubilación con respecto a la actividad que llevaba a cabo, y reúne todos los requisitos legales necesarios para acceder a la pensión de jubilación;

    L. Si el Tomador / Asegurado tiene derecho a percibir un salario por parte del empleador. Se exceptúan de este supuesto los complementos salariales pactados colectivamente en los expedientes de suspensión de contrato;

    M. Cuando la relación laboral del asegurado fuera con una empresa propiedad de su ámbito familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, así como en los casos en que el Asegurado o un familiar suyo hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad fuera socio o Administrador de la empresa. Y también si el Tomador/ Asegurado fuera socio con presencia o representación directa en los órganos de administración de la Sociedad;

    N. Cuando su contrato se extinga por expiración del tiempo convenido y/o finalización de la obra o servicio objeto del contrato.


    Resulta que las cuotas que me reclaman son precisamente las cuotas que no pude pagar porque me encontraba en un ERE (lo dice claro en las coberturas Expediente de Regulación de Empleo) y nunca me lo habían comunicado que tenía derecho a usar el seguro cuando les comentaba la situación por la que estaba atravesando en esos momentos.

    Los llamo y les comento la jugada y directamente me dicen que llame a la aseguradora, a lo que yo les respondo que el problema nunca fue mio, sino de ellos, por no enviarme el contrato a tiempo y que cuando por fin lo recibo ya me han cobrado comisión por cada cuota impagada. Les he amenazado con denunciarlos si no lo solucionan rápidamente y que me quiten del ASNEF donde ya me inscribieron por impago.

    Me gustaría que me pudierais aconsejar porque no solo puede haber problemas con el seguro (deberían haberlo solucionado en su día) sino que si el seguro me cubre las cuotas que adeudo, los intereses deben de quitármelos y deben eliminarme del ASNEF y encima vuelvo a entrar de nuevo en otro ERE.

    Un saludo y espero que puedan ayudarme.

  9. #9
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    en el apartado de "problemas con los seguros" tengo este enlace por si te interesa sobre CELERIS:

    http://www.foroantiusura.org/threads...hlight=celeris

    En su día solicité individualmente copia del contrato del préstamos y otro sobre el contrato del Seguro y dado que me contestan en un documento único sobre ambas situaciones, siguiendo los consejos de este foro les he contestado con cartas distintas ya que así fue como lo pedí y les pongo la referencia en la solicitud del seguro pidiéndoles los cobros indebidos.... Es decir que según se comenta por el foro, mientras no tengamos un documento que realmente sea un seguro con una compañía de seguro no hay nada, ellos simplemente fueron intermediarios.... Yo siempre evito llamar, prefiero escribir aunque me equivoque muchas veces, pero creo que aquí te ayudarán más a salir del lío mental que nos creamos muchas veces..... Al llamar ya les das pistas que estás preocupada por la situación y eres presa fácil para llevarse la comisión con sus agobiantes llamadas posteriores.....
    "El dolor es inevitable.... Pero el sufrimiento es opcional". Buda

  10. #10
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    Muchas gracias por la respuesta dynyto, pero el problema es que yo no quiero cancelar el seguro, quiero hacer uso de él, porque mi situación laboral es que me encuentro en un ERE y anteriormente estuve en otro ERE y como nunca tuve el contrato por escrito hasta que lo reclamé a través de una carta certificada, no sabía de la existencia del mismo y que cubría los gastos de las cuotas mensuales mientras yo me encuentro en ERE.

    La situación es la siguiente:

    • Llamo al SAC de Celeris para hacer uso del seguro contratado y reclamarles que como nunca antes me habían enviado este contrato y no sabía de la existencia del seguro y que coberturas tenía, no pude hacer uso de él en su día. La chica que me atiende me dice que tengo que ponerme en contacto con la aseguradora que es Genworth y me facilita el número de teléfono de la aseguradora.

    • Llamo a Genworth y después de exponerles mi caso, me envían un email con un documento en el cual debo rellenar una serie de datos y facilitarles documentación relacionada con el ERE de mi empresa, cuotas pagadas, etc. Me dicen también que si se aprueba todo el seguro devolverá el importe integro de las cuotas de los meses en los que estuve afectado por dicho ERE, pero que será abonado a Celeris. Y solo las cuotas (interés más amortización), nada de intereses por devolución e intereses por impago.

    • Vuelvo a llamar al SAC de Celeris y les hago constar de que la aseguradora realizaría solo el pago de las cuotas mensuales. Les digo que tienen que quitar los intereses que han añadido por devolución e impago de las cuotas impagadas y devolverme además el importe integro de las cuotas que aboné durante ese periodo y se produce la siguiente conversación:

      • Celeris: “Eso no puede ser, porque me enviaron el contrato desde el momento en el que yo acepté vía telefónica el préstamo y que tenía que haberlo solicitado antes”.

      • Yo: “No pude realizar los trámites del seguro porque nunca antes había tenido el contrato del préstamo y mucho menos del seguro, os he llamado muchísimas veces solicitando dicho contrato sin obtener respuesta y solo lo he recibido una vez que os envié una carta certificada solicitando que me envíen dicho contrato y tengo copia de todo”.

      • Celeris: “En el momento que se le comunicó por voz todas las condiciones del contrato se le especificó el seguro y las coberturas del mismo”

      • Yo: “En ningún momento de la conversación ustedes me dijeron nada relacionado sobre el seguro y mucho menos las coberturas del mismo, puesto que esa conversación duraría más de una hora y ustedes me hicieron todo en apenas 10 minutos”.

      • Celeris: “Si recibió llamadas por el departamento de recobros, usted debería exponer su situación laboral y mis compañeros directamente le habrían comunicado que dispone de un seguro, puesto que nosotros somos los primeros interesados en que se paguen las cuotas”.

      • Yo: “Haga usted el favor de leer todo el expediente de llamadas que tienen sobre mí y verá que siempre les he comunicado mi situación laboral, y en ningún momento el departamento de recobros me expuso esa solución, puesto que su misión era nada más que acosar, amenazar e intimidar exigiendo que pague las cuotas que debo. Es más, el interés que ustedes han demostrado porque esto se cobre ha sido nulo, son más partidarios de poder hacer demora de los impagos para poder cobrar más comisión y así hacer crecer las arcas de la empresa a las que ustedes defienden”.

      • Celeris: “Es cierto que usted lo ha expuesto en la mayoría de las llamadas, les dejaré una nota para que se pongan en contacto con usted y solucionen el problema”


    Todo esto sucedió el viernes y lunes pasado y todavía no me han respondido. Como pueden leer, si consigo que el seguro me devuelva las cuotas abonadas en ese periodo (entre el mes de noviembre del 2011 hasta junio del 2012) el dinero se lo abonarán a Celeris directamente. Me gustaría que me ayudaran a redactar un escrito por el cuál, en caso de que el seguro apruebe el expediente, debo solicitar el importe de las cuotas que ya había pagado en ese periodo, que me quiten los intereses originados por impago y devolución de las cuotas que debo y que me borren del ASNEF.

    Quiero pedir disculpas por todo el rollo escrito, pero creo que cuanto más especifique, mejor podrá ser comprendido por vosotros.

    Un saludo
    Última edición por jaml; 04/07/2012 a las 11:37

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