Iniciado por
Caninus
Según la Ley de servicios de pago de 2009, los ingresos realizados por un consumidor en su cuenta se valorarán el mismo día del ingreso. Claro, día hábil. Técnicamente, para los que redactaron esta Ley, día hábil es igual a día de apertura comercial, luego, el sábado de no ser festivo, entiendo que es un día de los citados, lo que querría decir que existe una anomalía a la hora de adjudicar la fecha valor para el lunes. Es sólo una interpretación personal pero que se podría utilizar en un momento dado como argumento para jo-er la marrana un rato libre.