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Tema: Seguro de vida en préstamo de coche BBVA - Imágenes y datos

  1. #1
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    Seguro de vida en préstamo de coche BBVA - Imágenes y datos

    Hola a todos,
    Creo que mi post original se borró con los problemas que hubo y guardaba relación con otros post.
    En mi caso, compré un coche y me comentaron que el seguro era obligatorio, sino no me concedían el prestamo. Una duda, la prima del seguro a 5 años, genera intereses supongo al tipo firmado ??
    En mi caso solité la copia de adhesión firmada por mi y la declaración de salud, que no tengo ni nada, ni se hizo en su día. Coincide como el caso anterio:
    La póliza NO ESTÁ FIRMADA por mí. La póliza está firmada por la compañía y además EL TOMADOR es la entidad financiera. Yo soy el ASEGURADO.
    Me podéis asesorar y si necesitáis algún dato más os comento ? Creo que quedé en subir datos del préstamo que adjunto en enlaces para ver que puedo hacer así como la contestación de BBVA.

    http://imageshack.com/a/img673/5673/3v8kg3.jpg
    http://imageshack.com/a/img537/4383/2Gzlgd.jpg
    http://imageshack.com/a/img661/8053/wJv6yZ.jpg
    http://imageshack.com/a/img540/7093/KNwOYI.jpg
    http://imageshack.com/a/img911/457/SQYAR5.jpg

  2. #2
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    maverick sintiéndolo mucho vas a tener que volver a iniciar el proceso de reclamación de ese seguro, siguiendo los pasos que indicamos en el foro, lo has hecho mal. Tienes que RECLAMAR esa póliza de manera fehaciente, NO por correo electrónico como has hecho, tanto a la entidad como a la aseguradora. Aquí tienes los enlaces

    http://www.foroantiusura.org/threads...DAD-CREDITICIA
    http://www.foroantiusura.org/threads...AD-ASEGURADORA

    En relación al contrato de ese préstamo al consumo, te aconsejo que abras otro hilo, para evitar confusiones y poder orientarte, tanto en las respuestas como en tus dudas. Saludos

  3. Me gusta julia59, Anele indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  4. #3
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    Avatar de maverick
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    Hola,
    Tras reclamar por burofax, me contestan lo siguiente:
    Acerca de sus consideraciones, relativas al cuetionario de salud, el art 10 de la Ley 50/1980, de contrato de seguro, establece que "El tomador del seguro tiene el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar al asegurador, de acuerdo con el cuestionario que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. Quedará exonerado de tal deber si el asegurador no le somete cuestionario o cuando, aun sometiéndoselo, se trate de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no estén comprendidas en él." Deduciendose ello, por tanto, la posibilidad que el asegurador someta cuestionario o de que no se realice tal declaración.

    Esto es correcto ¿?

  5. #4
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    Avatar de Amazona22
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    ¿Solo te contestan sobre el cuestionario,no dicen nada mas?.
    ¿Que les dices tu en tu burofax?.
    ¿Que te responden ellos?.

    Hay que verlo todo,lo que tu has mandado y lo que ellos te envian como respuesta.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  6. #5
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    Me contestan esto...

    20150701_203603.jpg

  7. #6
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    20150701_203614.jpg

    Gracias por adelantado

  8. #7
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    A ver.
    1.La poliza o boletin de adhesion debes pedirsela a la aseguradora.
    El banco no es aseguradora.
    2.Haz las reclamaciones por correo certificado con acuse.
    3.Si reclamas a tu manera y no te da resultado no preguntes que hacer a continuacion. No estas reclamando correctamente ese seguro y pierdes el tiempo.

    Se pide documentacion al banco.
    Se pide documentacion a la aseguradora.
    Y cuando se recibe la contestacion de esos dos,se sabra entonces lo que se puede reclamar (extorno o devolucion) y como hay que reclamarlo.

    Y por correo certificado con acuse.
    Si lo haces por email y no te contestan ¿como demuestras que recibieron tu reclamacion?.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  9. #8
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    Gracias wilfra22, cuando dices extorno a que te refieres, la parte proporcional ?

    Estoy en la fase de refinanciar el préstamo a más tiempo y me quieren incluir el seguro colectivo de vida ( porque alegan que son las condiciones iniciales ).

    La última hora es lo que adjunte anteriormente, que alegaban sobre el seguro colectivo.
    Mi objetivo es reclamar ese importe con sus intereses y actualmente, con la refinanciacion, solicitar la devolución del que incluyan en 30 días.

    Sobre la imagen, que opciones hay sobre el punto 3. Dicen que "no viene impuesta por la normativa" pero puede ser solicitada por razones comerciales...luego esto mismo tanto antes como ahora se puede exigir y reclamar.
    Que texto puedo tener para mandar un 2do burofax..espero explicarme, si no entiendes algo dímelo o subo cualquier dato, carta, etc.

    Muy agradecido por el foro y por la gente que colabora en dar solucioens.



    20150701_203614.jpg
    Última edición por maverick; 07/10/2015 a las 13:17

  10. #9
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    Mi carta que manda por BUROFAX:
    Sres. De BBVA
    Me pongo en contacto con Uds. Para solicitarles, ejerciendo mi derecho de acceso de conformidad con los artículos 15 de la Ley Orgánica 15/1999, y 12 y 13 del Real Decreto 1332/1994, información sobre cualquier póliza que pudiese existir a mi nombre, tanto individual como colectiva, en vigor o cancelada, desde el primer día de contratación, y en qué situación se encuentra dicha póliza en la actualidad, y bajo la dirección postal que sea.
    En caso de la existencia efectiva de una o varias pólizas, solicito copia/s de la/s misma/s, boletín/es de adhesión, donde conste mi firma, perfectamente legible, así como las condiciones de adhesión también perfectamente legibles, así como la declaración de salud o cuestionario de salud, firmada por mí.
    En el caso del seguro colectivo de vida, EL TOMADOR DEL SEGURO es la entidad financiera. Yo soy el ASEGURADO.
    Las Sentencias del Tribunal Supremo de 6 de abril de 2001, 4 de abril de 2007, 20 de abril de 2009 o la de 4 de enero de 2008 concluyen que si “el agente de la aseguradora fue quién rellenó el cuestionario que el tomador del seguro se limitó a firmar, ello equivale a una falta de presentación del cuestionario, cuyas consecuencias no pueden hacerse recaer sobre el asegurado”
    De conformidad con lo anterior debemos tener en consideración lo siguiente:
    Según dicha Jurisprudencia incontrovertida que sienta el Tribunal Supremo, inexistencia de “cuestionario de salud” debidamente presentado por la Aseguradora al asegurado/-a, y por tanto, a falta de dicha presentación no cabe hablar de falta de comunicación de patologías previas y, en definitiva, alegar los Arts. 10 y 89 LCS.
    Tampoco podrá, en términos genéricos, establecer que el Asegurado/-a ha actuado con “dolo o mala fe” en el sentido establecido en los Arts. 89 y 10 LCS según la doctrina expuesta anteriormente y cuya jurisprudencia hemos reseñado anteriormente.
    Ruego den respuesta dentro del plazo estipulado por la ley, dos meses a contar desde el día de la recepción de la presente carta. En caso contrario, me veré obligado/a a trasladar Reclamación a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
    En espera de su respuesta.

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