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Tema: Duda sobre devolución de intereses

  1. #1
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    Avatar de fmarco
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    Duda sobre devolución de intereses

    Hola.

    Una duda tributaria. Me han devuelvo un dinero por el tema de la clausula suelo y tengo la siguiente duda:

    a la hora de hacer la renta me deduzco los importes pagados del préstamo, por ejemplo 5000€ al año

    si me devuelven 1000€, a la hora de la renta del próximo año, ¿tendré que deducir por pago de préstamo 4000€ o serán 5000€ y los 1000€ tendré que declararlos como ingresos por otro lado?

    Gracias.

  2. #2
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    Pues aqui no tratamos temas fiscales.

    Como no preguntes en la AEAT....
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  3. #3
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    Cita Iniciado por Wilfra22 Ver mensaje
    Pues aqui no tratamos temas fiscales.

    Como no preguntes en la AEAT....
    Ok.

    Acabo de llamar y ... miedo me dan estos de la aeat.

    He preguntado si se deducen los 4000 o si se deducen 5000 y los 1000 van por otro lado.

    Respuesta de la operadora: la agencia tributaria aun no ha decidido si meter los 1000 como menos préstamo o como ganancia patrimonial.

    Voy a simular con el PADRE, a ver qué sale. Seguro que se decantarán por la opción mas beneficiosa para ellos.

  4. #4
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    Telita.

    En mi caso, si lo hacen como ganancia patrimonial, serían casi 1000€ menos a devolver.

    Estaremos ojo avizor a ver qué hacen al final. Como se den cuenta del filón que pueden tener con este asunto, ahora que el volumen de devoluciones de intereses devueltos empieza a ser significativo, la llevamos clara.

  5. #5
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    Avatar de lanola81
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  6. #6
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    Avatar de Melocoton en Almibar
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    Duda sobre devolución de intereses

    Cita Iniciado por lanola81 Ver mensaje
    Hola, fmarco.
    Llevo 4 años trabajando con el IRPF y espero poder resolver tu duda. Me imagino que en el ejemplo que has puesto, te refieres a que esas cantidades las pagas ahora, en 2015, por lo que tendrás que declararlas al año que viene (en 2016) , cuando se haga la declaración de la renta de 2015.

    Pues bien, tal como está la legislación en este momento, esos 1.000 euros que te devuelven por la clausula suelo tendrías que descontarlos de lo que has pagado por préstamo. Es decir, tendrías que declarar que has pagado de préstamo sólo 4.000 euros (que es realmente lo que has pagado porque, aunque inicialmente hayas desembolsado 5.000 euros, el banco te ha devuelto 1.000 por ese concepto).

    Pero ya sabes como son los de la AEAT, y puede que el año que viene consideren que las devoluciones que haya hecho el banco por ese concepto deben declararse de otra forma, aunque dudo mucho que lleguen a considerarlo ganancia patrimonial. Por eso te recomiendo que el año que viene consultes en la pagina web de la AEAT si se han manifestado de alguna forma acerca de la devolución de la clausula suelo, ya que en caso contrario sabes que se considera menor pago de préstamo.

    También puedes ir el año que viene a tu oficina de la AEAT más cercana para consultarlo o llamar por teléfono a partir de febrero, que es cuando aprueban las cosas de la renta. Espero haberte ayudado.
    Posiblemente una buena aportacion sin vaselina y a las bravas....
    ¿Donde esta la presentación al foro antes de participar en ningun hilo?
    Un saludo y esperemos ansiosos tu presentación gracias.
    Vive y se feliz

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