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Tema: Comprar nuestra própia deuda.

  1. #1
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    Comprar nuestra própia deuda.

    He leido en alguna pagina de internet " Como recomprar tu préstamo y ganarle dinero ".
    Alguien ha negociado con algún recobrador alguna vez la recompra de la deuda?
    Al parecer tenemos derecho y se nos tiene que hacer una oferta. Si la han comprado por el 10% el 5 % de lo que debemos, para los que puedan asumir ese gasto, parece un sistema de evitar gastos mayores.
    No se que opiniones hay por el foro al respecto.

  2. #2
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    Timo,seguro.
    Busca en internet "derecho de retracto".
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  3. #3
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    Mira bonojav,lo que se le ha pasado al que ha escrito eso es que el articulo que cita 1535 de codigo civil,habla del derecho de retracto que se puede ejercer durante los 9 dias siguientes a la comunicacion de la venta de tu deuda PERO EXCLUSIVAMENTE EN PRESTAMOS O DEUDAS LITIGOSAS.

    Que si ese prestamo no esta judicializado tu no puedes ejercer el derecho de retracto.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  4. #4
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    Con esto de prestamos o deudas litigiosas me hago un lío.

    ¿Esto significa que si Frontera Capital, que es la que me llama reclamándome la deuda, me lleva a juicio, yo puedo pedir el derecho de retracto?

  5. #5
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    No eso significa que si la deuda la compran antes de que se haya ido a juicio no puedes hacer nada.
    Tendrian que comprar la deuda mientras esta en el juzgado y no se ha ejecutado.
    Si la compran antes de ir a juicio y ellos te demandan no se puede ejercer el desestimiento.
    Tiene que ser una deuda que este en litigio. Cuando te comunican que han comprado esa deuda y cuentan entonces 9 dias.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

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  7. #6
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    Pero por ejemplo, si el fondo buitre compra la deuda, y nos pone un monitorio, es entonces cuando tenemos 9 dias ?
    Te ruego disculpes mi ignorancia.

  8. #7
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    A mí no me han comunicado nada por escrito de forma fehaciente (ya me voy aprendiendo los términos) sobre que hayan comprado mi deuda.

    Por lo que dices, como el BBVA no me ha llevado al juzgado, me quedo sin el derecho de desestimiento a pesar de que yo no sé nada de la compra de mi deuda, porque imagino que la comunicación por teléfono no sirve.

  9. #8
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    Tienes 9 dias a partir de que te comuniquen esa venta (si es que te la comunican, que obligación de ello no tienen), siempre y cuando esa deuda ya esté en el juzgado.

    De lo contrario tienes 9 dias, desde que tu comuniques al juzgado que sospechas que esa deuda ha sido vendida.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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  10. #9
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    Pero merece la pena meterse en ese lío de ir al juzgado y denunciar que creemos que han vendido nuestra deuda.???
    El juzgado admitirá una demanda por lo que nosotros creemos???
    Se me escapa este tema..

  11. #10
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    Cita Iniciado por bonojav Ver mensaje
    Pero merece la pena meterse en ese lío de ir al juzgado y denunciar que creemos que han vendido nuestra deuda.???
    El juzgado admitirá una demanda por lo que nosotros creemos???
    Se me escapa este tema..
    No tienes que dar tu el primer paso, al juez te diriges si alguien te demanda.
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