Buenas a todos,
Estaba pensando que si ha habido cambio de acreedor, ( en mi caso nacionalización de banco de valencia por el frob, pasa luego al sareb en cartera de titulaciones que vende a caixa bank por 1€) es una novacion, por lo que, además de que si hay algún avalista que esté en la escritura de la hipoteca ( queda librado por ser cambio de condiciones ), también la obligación de tener una cuenta , y productos asociados, cláusula suelo , etc ...También no sería correcto que siguieran obligando a su cumplimiento.
¿Cómo lo veis?