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Tema: Embargo finalizado y siguen revendiendo la deuda

  1. #11
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    a saber por que no cojeran el dinero.........

  2. #12
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    Embargo finalizado y siguen revendiendo la deuda

    Cita Iniciado por Pachuli Ver mensaje
    a saber por que no cojeran el dinero.........
    Porque no son parte legítima en proceso...lee a Rcb que varios post más arriba lo explica.Un saludo.

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  3. #13
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    En mi caso lindorff se presento en el juzgado por una deuda con el santander, y notificando que desde aquel momento ellos eran los que cobraban. nos embargaron dinero de la cuenta ( ya explique en otro post) y nos lo tuvieron que devolver ya que era el subsidio de desempleo y no podia embargarse.

  4. #14
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    Este caso es complejo porque Lindorff no podía retirar el dinero embargado y depositado en su totalidad en la cuenta de consignación. Yo no he hecho demasiado caso porque realmente lo que se paga por la vía judicial esta pagado, digan lo que digan Lindorff, Gestorfoff, Recobrofoff, o como quieran que se llamen. Y se que no lo ha retirado porque ha vendido la deuda a otra entidad, por llamar de alguna forma a estos grupos y me quedé un poco con la boca abierta cuando me llaman y me dicen que desde ahora gestionan las deudas de Banco Popular que Lindorff tenía, cosa falsa ya que en realidad las han comprado a Lindorff, me lo dijeron tras telefonearles para comprobar, y me mencionan la dichosa ex-deuda (este sería el nombre correcto, puesto que se pago en su totalidad por embargo). Lindorff se la ha vendido sabiendo que el dinero , unos 4700 euros está en la cuenta de consignación del juzgado, que no lo han podido retirar. Lo que no se es si les habrán explicado todo esto a los nuevos "acreedores" o no, porque si no, tiene tela la cosa. El problema viene desde que Banco Popular , acreedor original, se la vendió a Lindorff, estando ya en ejecución, con el salario embargado 2 o 3 meses ya. Para que veáis lo que les importa realmente cobrar o no, podían haber esperado (Banco Popular) un año y medio a que el embargo acabase, y retirar 4800 euros fácilmente, pero prefirieron venderlo a Lindorff por un 3,9%, unos 190 euros. Pero claro, ya con Lindorff de dueños, el embargo siguió hasta finalizar, hace unos 2 años. Lindorff realmente nunca llegó a ser rudo cuando me telefoneaban, porque imagino que sabían perfectamente que puestos a las malas, podía denunciarlos por acoso y extorsión como un compañero me indica en la pag 1. Habrán intentado retirarla y al no poder se la han vendido a un tercero sin más. Estos quizás si insisten puedan retirar el dinero o no, yo voy en los próximos meses a seguir los consejos: preguntar en el juzgado que ocurre con ese dinero primero, segundo si es que ningún acreedor puede retirarlo por mala consignación o lo que sea, intentar retirarlo yo, por supuesto no para entregárselo a estas agencias puesto que la deuda legalmente esta saldada. Entiendo ahora porque esta gente tiene miedo a un cambio profundo de las estructuras políticas en España, todas las leyezuelas que les permiten actuar en el límite de lo legal , probablemente serían cambiadas. Os imagináis a Lindorff actuando en la civilizada Noruega (de donde creo que es originaria la empresa) como lo hace en España?.
    Iré informando de los pasos que voy a dar y que ocurre al final con el dinero embargado y cosignado pero que a fecha 15 de marzo 2016 no habían podido retirar del juzgado.

  5. #15
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    Claro, el SMI es intocable, y de aquí para delante solo embargan por tramos, en concreto del primer tramo un 30%, unos 195 euros mensuales(si cobras todo el tramo claro, si cobras menos, el 30% de lo sea). Pero el juzgado no embarga en las cuentas los salarios, da la orden de retenerlo directamente al pagador?. Al menos ese fue mi caso, a mi el salario me llegaba a la cuenta con el embargo correspondiente que el pagador desquitaba y transfería al juzgado. A ti te lo embargaban en la cuenta bancaria? (respuesta a Cartacam)
    Última edición por angjim; 23/03/2016 a las 13:57

  6. #16
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    Cita Iniciado por angjim Ver mensaje
    Iré informando de los pasos que voy a dar y que ocurre al final con el dinero embargado y cosignado pero que a fecha 15 de marzo 2016 no habían podido retirar del juzgado.
    No lo puede retirar mientras no presenten las escrituras del traspaso y la nueva cuenta de abono a la que el Juzgado debe transferir. Mientras no lo hagan no pueden tocar el dinero. Son malas agencias, ellas mismas pierden un montón de dinero por hacer mal las cosas. Yo hace poco he vivido un caso como el tuyo. Deuda pagada al Juzgado del BBVA y revendida por BBVA. Unos meses después me llegó la copia de la escritura notarial del BBV con la reventa y los poderes con la nueva cuenta del tercero. Al Juzgado igual. El Juzgado emite un edicto y me lo comunican por si tengo algo que alegar. A partir de ese instante , la agencia y no el BBVA ya puede retirar el dinero

  7. #17
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    Cita Iniciado por Lokutus Ver mensaje
    No lo puede retirar mientras no presenten las escrituras del traspaso y la nueva cuenta de abono a la que el Juzgado debe transferir. Mientras no lo hagan no pueden tocar el dinero. Son malas agencias, ellas mismas pierden un montón de dinero por hacer mal las cosas. Yo hace poco he vivido un caso como el tuyo. Deuda pagada al Juzgado del BBVA y revendida por BBVA. Unos meses después me llegó la copia de la escritura notarial del BBV con la reventa y los poderes con la nueva cuenta del tercero. Al Juzgado igual. El Juzgado emite un edicto y me lo comunican por si tengo algo que alegar. A partir de ese instante , la agencia y no el BBVA ya puede retirar el dinero
    Ya , pero si el primer recomprador, no lo pudo retirar, no sería por falta de ganas. Sabía que el dinero estaba en la cuenta de consignación del Juzgado, en casi 2 años no lo ha retirado y ahora lo revende a otra empresa de menor importancia, no recuerdo ahora mismo el nombre creo que cuando empecé el tema lo escribí. Imagino que les habrán dado lo que pagaron a B Popular, unos 200 euros. Hay una diferencia de 4500 euros, de esto a retirar el dinero depositado en el Juzgado.
    Por la corta conversación que tuve con los nuevos compradores, llegaron a decirme que me busque un abogado y lo retire yo mismo por mala consignación, ni idea que es esto. También esperaran que se lo entregue, es decir, embargado y como regalo haciéndoles su trabajo. Voy a esperar unos meses a ver que me dicen, si me vuelven a mencionar esta ex-deuda, ya pagada en el juzgado, si me acosan, presionan, etc, ya se lo que tengo que hacer, denuncia en el juzgado de lo penal. Dependiendo de lo que me digan en el Juzgado que trató el monitorio y el embargo actuaré, porque no tiene sentido que los que han comprado y recomprado la ex-deuda no puedan cobrarla y al final vaya a parar a las arcas del Tesoro. Si este fuera un país normal no me importaría, quiero decir un pais que se preocupa por la gente que mas esta sufriendo la crisis. Lamentablemente conocemos bien a nuestros gobernantes.

  8. #18
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    Ten en cuenta de que no es ilegal que te la reclamen dos o tres veces el de Lindorf no te ha mentido. Esta es una trampa de nuestro sistema de injusticia. Mucho cuidado que si caes en varias manos de buitres indecentes te pueden freir. Fíjate ésta señora . 4 recompras ( Lindorff incluido que la metió a juicio) y no se daban por cobrados cada una quería lo suyo y tuvo que acudir a la justicia con armas y bagajes

    En la sentencia empieza el Juez diciendo

    "Dejando al margen que sigue sin resolverse el asunto de la representación del Procurador, la parte
    no solo discute la interpretación que se hace en el decreto impugnado del art. 540 LEC , sino que no se
    haga otra amplísima del art.17 LEC , que permita adaptar estas masivas cesiones de créditos a la Ley de
    Enjuiciamiento Civil.
    Evidentemente tal exegesis permite la sucesión con independencia del proceso que lo fundamentó y
    así este Juzgado ha tenido ocasión de conocer de peticiones de sucesión en ejecuciones cuyo despacho se
    había anulado; en supuestos del art.579 LEC ; en casos de pago del principal o, en otros, en los que solo
    faltaba por satisfacer una parte de la tasación de costas y ello por la sencilla razón que se ha realizado

    la cesión - o las cesiones- sin atender a la existencia del proceso o, peor aún, ignorándolo, porque
    tampoco han faltado supuestos de cesiones en monitorios inadmitidos o archivados
    .

    La sentencia completa. Yo he tenido suerte con BBVA. Hizo las cosas bien

    http://www.poderjudicial.es/search/d...interface=true

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  10. #19
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    Lo que faltaba, que después de pagar lo que les debías ahora tengas que molestarte tú en buscar un abogado para que cobren. Esto es de locos.

  11. #20
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    Cita Iniciado por Lokutus Ver mensaje
    Ten en cuenta de que no es ilegal que te la reclamen dos o tres veces el de Lindorf no te ha mentido. Esta es una trampa de nuestro sistema de injusticia. Mucho cuidado que si caes en varias manos de buitres indecentes te pueden freir. Fíjate ésta señora . 4 recompras ( Lindorff incluido que la metió a juicio) y no se daban por cobrados cada una quería lo suyo y tuvo que acudir a la justicia con armas y bagajes

    En la sentencia empieza el Juez diciendo

    "Dejando al margen que sigue sin resolverse el asunto de la representación del Procurador, la parte
    no solo discute la interpretación que se hace en el decreto impugnado del art. 540 LEC , sino que no se
    haga otra amplísima del art.17 LEC , que permita adaptar estas masivas cesiones de créditos a la Ley de
    Enjuiciamiento Civil.
    Evidentemente tal exegesis permite la sucesión con independencia del proceso que lo fundamentó y
    así este Juzgado ha tenido ocasión de conocer de peticiones de sucesión en ejecuciones cuyo despacho se
    había anulado; en supuestos del art.579 LEC ; en casos de pago del principal o, en otros, en los que solo
    faltaba por satisfacer una parte de la tasación de costas y ello por la sencilla razón que se ha realizado

    la cesión - o las cesiones- sin atender a la existencia del proceso o, peor aún, ignorándolo, porque
    tampoco han faltado supuestos de cesiones en monitorios inadmitidos o archivados
    .

    La sentencia completa. Yo he tenido suerte con BBVA. Hizo las cosas bien

    http://www.poderjudicial.es/search/d...interface=true
    Hay cosas muy interesantes en esa sentencia.
    De la conducta de cada uno depende el destino de todos.

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