Los impedimentos en una ejecución, ya aparecía regulada en el art. 257.1.2º CP, artículo que pese a sus innegables notas comunes,*sanciona conductas distintas, dado que exige el alzamiento de bienes en una ejecución, castigando el art. 258 CP la mera obstaculización a la ejecución.

Dada la brevedad del presente artículo, nos vamos a centrar en el renovado art. 258 CP, dejando para futuros trabajos el desarrollo de la conducta del delito de alzamiento de bienes.


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