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Tema: Vivienda subastada hace años y casi pagada por 6 años de embargo

  1. #1
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    Vivienda subastada hace años y casi pagada por 6 años de embargo

    Hola compañeros:
    Tengo una curiosidad que al igual me podéis aconsejar.

    - Tenía una vivienda que compré mediante hipoteca hace aproximadamente casi quince años. (sobre 1998).
    - Por aquél entonces no sé si hice un seguro de esos que te obligaban a hacer en caso de invalidez o muerte que la hipoteca quedaba
    cancelada. Creo que sí porque era obligatorio aunque no se si luego lo cancelé.
    - El caso es que un par o tres de años despues de la firma de la hipoteca se me sobrevino una invalidez total para mi trabajo habitual de 35%
    - En 2000 ò 2005 se subastó y el banco se la quedó.
    - En el 2010 se dictó sentencia de 14000+4000 Euros a favor del banco (Que me han estado embargando de la nómina y termino a finales de 2017.
    - Nunca me presenté a las actuaciones ni al embargo de la casa. Ellos se lo guisaron y se lo comieron, (En parte porque ya no me interesaba).
    Intenté venderla por poco pero me sobrevino las actuaciones y el banco no quiso saber nada de pararlas.

    Había pensado alguna vez (Y pese a todo lo acontecido y el tiempo transcurrido).

    - Reclamar las actuaciones al Juzgado
    - Tras la reclamación y con toda la documentación comprobar fechas del seguro que se reflejará en las escrituras y demás trámite.
    - Visto ahora todo lo acontecido con las "cláusulas suelo" etc.

    Sería mucho pedir que ahora pudiera denunciar al banco, no sólo por el seguro (Que no creo), sino por ejemplo por aplicar una cláusula suelo o alguna de las que ahora se consideran abusivas, o por errores en el procedimiento.

    También he leido algo de que el banco se hace responsable de la tasación del piso y que si luego al subastarlo no consigue lo que cuesta no puede reclamarle al propietario.
    Mi piso costó 4,5 millones y se tasó en 12 millones (Cosas que se hacían antes),pero se devaluó mucho (Con el inicio de la crisis) y en subasta salió por ná y menos, con lo que no se cubrió la hipoteca (Y que por eso ahora la estoy pagando, entre lo que quedó hasta los 4,5 millones más tasas e interese o yo que se).

    Una vez pagado el piso, tendría posibilidad de reclamarlo.

    Y una última cuestión, el banco me reclama los 14.000 + 4.000 Euros, (Entiendo que esos 4.000 Euros son intereses o costas o yo que sé).
    Despues de pagar tal cantidad de 18.000 durante siete años que he estado pagando con el embargo de nomina.
    Habré finalizado mí deuda con ellos o me reclamarán los intereses de esos siete años que he estado para pagarles y así sucesivamente.

    Ya sé que ésto es para "atrevidos" pero me sería de gran ayuda sus comentarios. ya sé que "a agua pasada" ya no voy a hacer nada que no hice (Pero creo que así tranquilizo mi conciencia de que no puedo hacer nada ahora), pero mí preocupacion es sobre que pasará cuando termine de pagarles los 18.000 Euros, si querrán más o ahí se queda todo.

    Gracias por leerlo todo.

  2. #2
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    Cita Iniciado por franaga Ver mensaje
    hola compañeros:
    Tengo una curiosidad que al igual me podéis aconsejar.

    - tenía una vivienda que compré mediante hipoteca hace aproximadamente casi quince años. (sobre 1998).
    - por aquél entonces no sé si hice un seguro de esos que te obligaban a hacer en caso de invalidez o muerte que la hipoteca quedaba
    cancelada. Creo que sí porque era obligatorio aunque no se si luego lo cancelé.
    - el caso es que un par o tres de años despues de la firma de la hipoteca se me sobrevino una invalidez total para mi trabajo habitual de 35%
    - en 2000 ò 2005 se subastó y el banco se la quedó.
    - en el 2010 se dictó sentencia de 14000+4000 euros a favor del banco (que me han estado embargando de la nómina y termino a finales de 2017.
    - nunca me presenté a las actuaciones ni al embargo de la casa. Ellos se lo guisaron y se lo comieron, (en parte porque ya no me interesaba).
    Intenté venderla por poco pero me sobrevino las actuaciones y el banco no quiso saber nada de pararlas.

    Había pensado alguna vez (y pese a todo lo acontecido y el tiempo transcurrido).

    - reclamar las actuaciones al juzgado para que, si todo está sentenciado, ahí no hay vuelta atrás. Eso hay que hacerlo en el momento, no años después.
    - tras la reclamación y con toda la documentación comprobar fechas del seguro que se reflejará en las escrituras y demás trámite. vale...
    - visto ahora todo lo acontecido con las "cláusulas suelo" etc.

    Sería mucho pedir que ahora pudiera denunciar al banco, no sólo por el seguro (que no creo), sino por ejemplo por aplicar una cláusula suelo o alguna de las que ahora se consideran abusivas, o por errores en el procedimiento. las cláusulas suelo quedaron eliminadas a partir de la sentencia del tribunal supremo de mayo del 2013 y es a partir de esa fecha cuando se les condena a devolver lo indebidamente cobrado, es decir que a ti no te afectaría. Para todo lo anterior estamos a la espera de que se pronuncie el tribunal europeo.

    también he leido algo de que el banco se hace responsable de la tasación del piso y que si luego al subastarlo no consigue lo que cuesta no puede reclamarle al propietario. pues esto es nuevo, yo al menos nunca lo he oido ni leido....

    mi piso costó 4,5 millones y se tasó en 12 millones (cosas que se hacían antes),pero se devaluó mucho (con el inicio de la crisis) y en subasta salió por ná y menos, con lo que no se cubrió la hipoteca (y que por eso ahora la estoy pagando, entre lo que quedó hasta los 4,5 millones más tasas e interese o yo que se).

    Una vez pagado el piso, tendría posibilidad de reclamarlo. reclamar qué...?

    y una última cuestión, el banco me reclama los 14.000 + 4.000 euros, (entiendo que esos 4.000 euros son intereses o costas o yo que sé).
    Despues de pagar tal cantidad de 18.000 durante siete años que he estado pagando con el embargo de nomina.
    Habré finalizado mí deuda con ellos o me reclamarán los intereses de esos siete años que he estado para pagarles y así sucesivamente.

    evidentemente, durante el tiempo que se está pagando ese embargo, se siguen generando intereses y son los que al finalizar el embargo inicial, se calculan en función del tiempo transcurrido. Si no llega con esa previsión de los 4.000 euros, se tasarán las costas y se seguirá embargando hasta el pago total de esos intereses y costas.

    ya sé que ésto es para "atrevidos" pero me sería de gran ayuda sus comentarios. Ya sé que "a agua pasada" ya no voy a hacer nada que no hice (pero creo que así tranquilizo mi conciencia de que no puedo hacer nada ahora), pero mí preocupacion es sobre que pasará cuando termine de pagarles los 18.000 euros, si querrán más o ahí se queda todo.

    querrán más con toda seguridad......pero es el juzgado el que tiene que autorizar esa tasación en costas.

    gracias por leerlo todo.
    de nada............

  3. #3
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    Gracias amigo. Tengo entendido que los intereses se calculan en base a lo que debes, por lo que pagado capital más intereses y costas ya no pueden reclamar te intereses porque ya has pagado lo que les debes. y que las costas no pueden superar el 5% de esa cantidad. Es así??. Sino sería un círculo vicioso del que tardariais años en salir. El juzgado supongo que se opondrá si no es correcto lo que pide el banco no ??

  4. #4
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    Gracias amigo. Tengo entendido que los intereses se calculan en base a lo que debes, por lo que pagado capital más intereses y costas ya no pueden reclamar te intereses porque ya has pagado lo que les debes. y que las costas no pueden superar el 5% de esa cantidad. Es así??. Sino sería un círculo vicioso del que tardariais años en salir. El juzgado supongo que se opondrá si no es correcto lo que pide el banco no ??
    Los intereses se calculan al precio legal del dinero de cada año, que en los años de los que estamos hablando era de en 4% anual, de tal manera que el primer año de embargo pagarás ese 4% sobre el total de los 14.000 euros, el año siguiente pagarás un 4% sobre el total de lo que te quedara por pagar al finalizar ese año y así sucesivamente todos los años hasta el pago total de la deuda.

    Si la tasación en costas no es correcta, el juzgado no la dará de paso y aún así te podrás oponer llegado el momento.

  5. #5
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    Gracias amigo. Me quedo más tranquilo. Osea que después de los 4000 euros igual lo que me piden despues no es tanto

  6. #6
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    Gracias amigo. Me quedo más tranquilo. Osea que después de los 4000 euros igual lo que me piden despues no es tanto
    Igual no es nada porque con esos 4.000 euros hasta quedado saldado todo.
    No lo sabremos hasta que finalices y hagan la tasación en costas.
    Última edición por Anele; 17/12/2016 a las 16:57

  7. #7
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    Gracias por la ayuda

  8. #8
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    Amigo RCB justo hablamos y me ha llegado la tasación de costas y creo que se han pasado varios pueblos, podrías asesorarme o ponerme en contacto con un abogado, (Pagándole), gracias.

  9. #9
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    Hola FRANAGA...para contactar con los abogados de ACUSA...tienes que ser socio...son 20€ anuales...si estas interesado en la entrada del foro pone como hacerte socio. Saludos.
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  10. #10
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    Es que tengo entendido que hay que estar un año siendo socio.

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