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Tema: Ejecucion de titulos.....

  1. #1
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    Ejecucion de titulos.....

    La Caixa me ha ejecutado por un prestamo personalde 13.000 € que no pude pagar.
    Tengo vivienda hipotecada en otro banco, 1 coche de 8 años y cobrando del paro 835 €.
    Que me pueden embargar y cuanto puede tardar?
    Agradeciría cualquier informacion.
    Gracias

  2. #2
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    Vivienda hipotecada
    Anotación de embargo..

    Coche de 8 años
    Normalmente no solicitan su embargo,pero podrían hacerlo..

    Nomina de 835€
    Casi 50€ al mes...depende si tienes las pagas porroteadas..

    Cuando? pues es difícil saberlo..

    También las cuentas bancarias en las que seas titular y las devoluciones de hacienda . Pueden pedir.

    Un saludo.

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  3. #3
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    La nomina no lleva pagas prorateadas. Es el subsidio de desempleo.
    A las cuentas te refieres al dinero que haya en ellas 8están a cero9 o que quedan bloqueadas y lo que metas te lo quitan.Porque en una voy pagando la cuota de la hipoteca y lo ingreso el mismo dia que me lo sacan.
    A la vivienda es solo una anotación en el registro de la propiedad y que hasta que no pagues no la vuelvena a levantar?
    Gracias

  4. #4
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    Perdona que no había visto que era el paro..
    Pues más o menos 50€..

    De las cuentas hacen barridos puntuales...

    Y la anotación cada 3 años tienen que renovarla y pueden tenerte hasta que liquides la deuda.Un saludo.

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  5. #5
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    Gracias por todo y una ultima duda.
    te anotan tambien en ficheros de morosos o al estar sentenciada la deuda , no pueden?

  6. #6
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    Ejecucion de titulos.....

    Cita Iniciado por tonimuga Ver mensaje
    Gracias por todo y una ultima duda.
    te anotan tambien en ficheros de morosos o al estar sentenciada la deuda , no pueden?
    Seguramente ya estarás anotado.
    Y si pueden por el total de la sentencia que irá disminuyendo a medida que te vayan embargando..Un saludo.

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  7. #7
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    Gracias por tu ayuda

  8. #8
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    Solo un inciso:

    La Ley 1/2.000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en la disposición final novena, apartado 2, da una nueva redacción al artículo 86 de la Ley Hipotecaria:

    Las anotaciones preventivas, cualquiera que sea su origen, caducarán a los cuatro años de la fecha de la anotación misma, salvo aquellas que tengan señalado en la Ley un plazo más breve. No obstante, a instancia de los interesados o por mandato de las autoridades que las decretaron, podrán prorrogarse por un plazo de cuatro años más, siempre que el mandamiento ordenando la prórroga sea presentado antes de que caduque el asiento. La anotación prorrogada caducará a los cuatro años de la fecha de la anotación misma de prórroga. Podrán practicarse sucesivas ulteriores prórrogas en los mismos términos.
    La caducidad de las anotaciones preventivas se hará constar en el Registro a instancia del dueño del inmueble o del derecho real afectado.
    De la conducta de cada uno depende el destino de todos.

  9. #9
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    Cita Iniciado por SanBlas Ver mensaje
    Solo un inciso:

    La Ley 1/2.000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en la disposición final novena, apartado 2, da una nueva redacción al artículo 86 de la Ley Hipotecaria:

    Las anotaciones preventivas, cualquiera que sea su origen, caducarán a los cuatro años de la fecha de la anotación misma, salvo aquellas que tengan señalado en la Ley un plazo más breve. No obstante, a instancia de los interesados o por mandato de las autoridades que las decretaron, podrán prorrogarse por un plazo de cuatro años más, siempre que el mandamiento ordenando la prórroga sea presentado antes de que caduque el asiento. La anotación prorrogada caducará a los cuatro años de la fecha de la anotación misma de prórroga. Podrán practicarse sucesivas ulteriores prórrogas en los mismos términos.
    La caducidad de las anotaciones preventivas se hará constar en el Registro a instancia del dueño del inmueble o del derecho real afectado.


    Que efectos reales conlleva el que te hagan esa anotación en el registro.Me quedan por pagar 15 años de hipoteca.

  10. #10
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    Pues que si quieres vender..primero tendrás que pagar la deuda..
    Última edición por Melocoton en Almibar; 19/02/2017 a las 11:27

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