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Recién llegado
desgravación crédito hipotecario en hacienda
Buenos días
En el año 2010, junio, nos compramos un piso del cual yo soy propietaria del 81% y mi pareja del 19%. Estos porcentajes son los que se han hecho constar en la escritura de compra.
En el crédito hipotecario consta que la deuda que tenemos con el banco, la hipoteca, es solidaria e ilimitada.
En el borrador que me manda hacienda en el apartado de crédito hipotecario relacionado con bienes inmuebles nos hacen constar el 50% a cada uno, cosa que nunca hemos firmado y nadie nos ha dicho que es así, porque como he comentado en la constitución del crédito hipotecario consta que el pago de la deuda es solidario y, en el apartado de referencia catastral del inmueble de la misma declaración salen como porcentaje de propiedad mio el 81% y el 19% para mi pareja.
Aquí viene el problema:
Según el borrador que me manda hacienda y en propias palabras del director del banco, lo que se tiene que declarar es el 50% cada uno que es lo que manda hacienda ya que lo que desgrava es el crédito hipotecario y no el porcentaje (participación) que se tiene de la propiedad. Alega que la ley hipotecaria española es solidaria y que no se pueden marcar porcentajes de pago ya que la deuda tiene que ser saldada al 100%. El 50% lo ha estipulado la propia agencia tributaria ya que al ser dos los que tenemos el crédito lo hacen a partes iguales.
Por otro lado me dicen que lo que tengo que declarar es el 81- 19 % ya que es lo que realmente nos pertoca a cada uno y tenemos que pagar. En este último caso perdemos un 30% de lo que nos tienen que retornar ya que mi marido solo puede declararse un 19% del 50% y yo un 50% como máximo del 81%.
La propia agencia tributaria no tiene una resolución ya que hemos ido y llamado varias veces en varios periodos del año y tenemos las dos versiones. Se alega un vacío legal en este tema y que depende del punto de vista con el que se quiera mirar.
Lo que me da miedo es que hacienda se saque una declaración paralela y tengamos que entrar en "guerra"
A mi manera de entender lo que tenemos que desgravar / declarar es el crédito hipotecario y no la propiedad ya que aunque yo tenga más y mi pareja menos tenemos que pagar el 100% de la deuda y todavía no se quien me ha marcado que pagamos la deuda a medias, ya que al imputarnos el 81 y 19 % estamos perdiendo un 30% de lo que tendríamos que cobrar. con el documento del préstamo hipotecario en mano en ningún momento se hace constar ningún porcentaje de hipoteca.
Alguien me podría decir cual es la versión real? nadie me sabe decir, cada uno me dice una cosa diferente y nadie me da un papel con la resolución y mientras tanto estoy pendiente de mandar el borrador y, evidentemente, ante un vacío legal no quiero perder un 30% de mi dinero
Muchas gracias
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En relación a lo que comentas, lo que dice el director de la oficina es parecido a la realidad, pero no exactamente así. Es cierto que no hay un criterio válido y que lo que Hacienda hace es presumir que el pago de la hipoteca se hace la 50%, puesto que esto es lo normal (se parte de la presunción de régimen de gananciales tanto para la propiedad como para el pago de la hipoteca). Ahora bien, si podéis demostrar que el pago lo estáis realizando con otros porcentajes, no hay ningún problema en que así lo declareis, si bien, en caso de que Hacienda os llamase, tendréis que demostrar que efectivamente los pagos de la hipoteca se han realizado de dicha forma.
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Los criterios de hacienda a la hora de desgravar por amortizacion de hipoteca son los de la hipoteca, no los de el contrato de compra venta.
La hipoteca es solicaria al 50% y desgrava de esa forma.
Por ejemplo,tu puedes firmar una hipoteca por un bien de el que no seas propietario al 50% y sin embargo eres responsable de la deuda al 50%.
Por tanto, creo yo que se desgrava por la responsabilidad hipotecaria amortizada.
Si la declaracion de la renta la haceis de forma conjunta no hay problema porque debereis desgravar el 100%.
El banco te tiene que informar de la cantidad que ha amortizado cada uno a efectos de hacienda y eso es lo que hay que declarar y normalmenta al ser solidaria es el 50% cada uno.
Y si fueran 4 los propietarios de la hipoteca (la hipoteca, no la vivienda) se desgravaria la 25% cada uno.
Desgrava la cantidad amortizada de la hipoteca para adquisicion de vivienda habitual, tambien ten en cuenta que la vivenda, aunque tengas un contrato de compra-venta en el que se aplique un porcentaje,de momento, pertenece al banco y vosotros solo sois propietarios de una hipoteca al 50%.
¿Cuando pagasteis los gastos de escritura, los pagasteis segun el porcentaje de la propiedad o al 50%?
Arrieritos somos.
Y en el camino nos encontraremos.
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Recién llegado
Muchas gracias por la respuesta Farenheit
El tema es que la cuenta que tenemos en el banco es conjunta y de allí sale el pago de la hipoteca. a mi si el hecho de desgravar el 50% no me implica ningun problema, al contrario no pierdo un 30%, lo hago así ya que realmente la deuda que tenemos la saldamos los dos al 100%. Lo que me dice el banco, cosa que en su momento ni lo mencionó, es que abra otra cuenta solo para la hipoteca y que cada mes haga dos transferencias una ami nombre pagando el importe del 81% de la hipteca y otra al nombre de mi marido pagando el 19%. De esta manera cuando empecemos a hacerlo nos harán un papel conforme lo hacemos así.
El director por eso me dice que esto es una chorrada porque lo qeu prevalece es el tema solidario y el 50% del credito hipotecario que refleja hacienda,
no lo que tenemos de propiedad ya que el piso, evidentemente no es nuestro.
Si declaro el 50% cada uno ya que la declaración es conjunta puedo tener problemas?
Última edición por lalegre; 11/05/2012 a las 12:34
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Recién llegado
Hola Wifra
A la hora de pagar lo pagamos todo los dos no puse más yo o más el.. influye que el porcentaje sea solo de lo que costo el piso o del coste del piso más gastos?
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Mira, lo que esta claro es que la responsabilidad hipotecaria es al 50%.
Y hacienta te va a exigir que declares lo que tienes al 50% que es la responsabilidad hipotecaria.
O sea que si es conjunta deberes declara el 100%.
No influye el coste del piso.
Aqui lo que desgrava es la amortizacion de la hipoteca,sea cual sea el coste del piso,el piso te ha podido costar 100.000 y solo tener una hipoteca de 50.000. Da lo mismo, lo que desgrava es lo que has amortizado en el año, no lo que te costo.
Los impuestos que pagaste al hacer la escritura no tiene nada que ver con esto.
Arrieritos somos.
Y en el camino nos encontraremos.
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