Pues tranki, aqui se te prestara la ayuda que sea necesaria pero si lees mucho el foro, usando el buscador del mismo, ya veras como lo ves mucho mas claro con las experiencias de otros foreros.

Pues tranki, aqui se te prestara la ayuda que sea necesaria pero si lees mucho el foro, usando el buscador del mismo, ya veras como lo ves mucho mas claro con las experiencias de otros foreros.
Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.
No preguntes cuantos son, sino donde estan.
quisiera hacer una pregunta sobre este tema
retomando el tema, me acaba de llegar una carta certificda negandome la rclamacion de dicho seguro ¿que puedo hacer ahora?

¿Que te impide hacerla?
Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.
No preguntes cuantos son, sino donde estan.

¿que dice la carta exactamente?¿tu que y a quien habias reclamado previamente?
Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.
No preguntes cuantos son, sino donde estan.
la reclamacion que habia hecho fue tlefonicamente porque no tengo la poliza para saber que es lo que clausulas tenia en dicha poliza. en el banco me dijeron que tenia derecho a la reclamacion por dsempleo, cosa que desconocia. ahora me envian esta carta que dice: a tenor d la documentacion recibiad (decir que remiti al seguro la documentacion que me solicitaban (dni, vida laboral, contrato de trabajo, etec...) con fecha 4 de julio nos comunican el desempleo mio le informamos que: no podemos tramitar su rquerimiento debido a que han transcurrido 2 años de la fcha de ocurrencia del desempleo hata la comunicacion dl mismo. y me remiten al art. 23 de la ley del contrato del seguro. que dice "las acciones que se deriven del contrato de seguro de daños y de cinco si el seguro es de persona"y me lo envia el dpto. de prestaciones.

Pues pide copia de la poliza al banco y a la compañia de seguros.
Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.
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