Santander: rechazan reclamacion
Menciono este caso porque es de un familiar mio (primo) que hace poco mas de un mes le estuve comentando sobre mi guerra particular contra los usureros y le anime a que él tambien lo hiciera (lo cierto es que voy por ahi animando a todo el mundo :) ) y se decidio a hacerlo tambien.
El caso de él es que tenia comisiones de reclamación por mas 900 € el concepto que le ponía en extractos es "comision reclamacion VCDS", no tengo ni pajolera idea de lo que es VCDS, y la cuenta la tenía abierta desde el 98 y la cancelo en 2006.
Pero el tema tiene su intringulis y no se si esto puede afectar algo, porque era empresario con sociedad limitada unipersonal, tenia un pequeño piscolabis que se fue a la m... por deudas, que aun sigue pagando con hacienda y seguridad social. Bueno, comento esto porque la cuenta sobre la que reclama las comisiones esta a nombre de la sociedad limitada.
El caso es que presento en la oficina del Santander la reclamacion, el modelo de este foro, y esta semana recibio contestación rechazandola.
Los argumentos dados por Santader son:
"...las comisiones cuestionadas figuran en nuestro Libros de Tarifas, a disposicion de todos los clientes y usuarios de la Red en nuestra web ...."
"Asi mismo, hemos de significarle que según viene manteniendo la doctrina, los apuntes practicados en las cuentas bancarias frente a los cuales el titular no manifiesta su disconformidd dentro de un plazo razonable, deben considerarse firmes por haber sido tacitamente aceptados, de forma que no queden sometidos indefinidametne a una situacion de pendencia, que colisiona con las mas elementales exigencias del principio de seguridad juridica"
:confused: Sobre que tienen los libros de tarifas a disposicion del publico, yo puedo decir que él tiene el contrato original firmado y no pone nada de esas tarifas de reclamacion.
Lo del paso del tiempo y la aceptación tacita, le he comentado a mi primo lo que he leido en este foro que dice el BDE sobre que se puede reclamar hasta de 15 años atras y el me ha preguntado/dudado si estas "cosas" no prescriben a los 5-6 años, que algo de eso cree recordar.
He leido de algun forero que despues de que le rechazara la reclamacion la oficina se dirigio a la central y se la aceptaron, no se si es mejor reclamar a central o directamente al BDE.
Lo cierto es que lo de los 15 años me ayudaría que hubiera algun texto del BDE donde lo indicara para poder argumentar en escrito.
No se, comentarme algo.
Saludos y Gracias.