mi pregunta es si la Comisiones Com. Excedido de Líq. ¿ se puede reclamar igual que la de reclamacion por deuda vencida?, es que me parace ya de traca, que despues de pagar intereses de demora por pagar tarde, tambien te carguen este tipo de comisiones.
he estado mirando por el foro y me parece que si se pueden reclamar, pero no lo tengo del todo claro.
gracias