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imputacion de pagos
Quien me puede explicar esto. Esta sacado del modelo de escrito de imputacion de pagos.
. Si aceptare del acreedor un recibo en que se hiciese la aplicación del pago, no podrá reclamar contra ésta, a menos que hubiera mediado causa que invalide el contrato.
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El artículo 1172 del código civil dice expresamente que será el pagador quién libremente determine el orden el que ha de ser imputado el pago que realiza cuando tuviera varias deudas en una misma entidad; lo que tú expones es que "el deudor hubiera aceptado de su acreedor", es decir que hubiera consentido, tras así haberse pactado contractualmente, supuesto éste en el que efectivamente, por estar basado en un acuerdo de voluntades, no podrás reclamar nada, lo que no sucedería de no haberse negociado en su momento, ya que, en este caso, será el deudor quién determinará el orden de la imputación.