sobre la imputación de pagos
Me gustaría aportar sobre la imputación de pagos, por la experiencia que tengo en el tema, que ya hace prácticamente un año que estoy consignando las mensualidades de mi préstamo personal con Barclays en el juzgado y estos, aún no se bajan del burro.
Siguiendo los consejos de NENA y RCB empecé a hacer la imputación de pagos que siempre me rechaza el barclays, con lo que tengo que estar pidiendo la hoja de reclamaciones para consignar en el juzgado. Yo estoy en Madrid y he de deciros que nunca he tenido problemas en que el juzgado me admita a trámite las consignaciones, excepto en tres juzgados y no puedo hacer nada para impedirlo, ya que es el decanato quien reparte las demandas de consignación a los juzgados. La mala suerte es que últimamente me caen las demandas en estos juzgados que me lo rechazan una y otra vez y me he tenido que poner de nuevo las pilas.
Estos juzgados, no admiten la hoja de reclamaciones como prueba fehaciente de ofrecimiento de pago, sino que requieren que dicho ofrecimiento se realice con anterioridad mediante carta certificada con acuse de recibo, enviando el dinero por correo mediante giro postal o avisando a través de telegrama, burofax, y si es rechazado o ignorado, es entonces cuando, según el criterio de estos juzgados, les vale como ofrecimiento de pago rechazado, es entonces cuando admiten posteriormente el hecho de que tras ir al banco y reiterarse en el rechazo, pidamos la hoja de reclamaciones para iniciar el proceso, junto con la carta u otros medios antes mencionados, para que acepten la consignación.
Imaginaos lo que me ha supuesto que tras la pérdida de tiempo de estos juzgados, me hayan rechazado cuatro veces la consignación y entonces vuelta a empezar de nuevo el procedimiento a la espera de que caiga en otro juzgado ( que no siempre ha sido así) o añadir esa carta diciendo que hago el ofrecimiento de pago por carta certificada y acuse explicando que voy a ir tal día al banco a pagar por ventanilla la mensualidad de tal mes, y que si no me aceptan esto, pediré la hoja.......
Os lo digo por si algunos de vosotros tiene o ha tenido el mismo problema, ya que con esta carta previa al procedimiento sí que me lo admiten. Siempre que incorpore el recibo de certificado y acuse a la demanda.
Por eso os quería decir que una simple demanda en el que todos los juzgados lo aceptan menos estos tres, seguirán el trámite de los criterios que tengan cada juzgado, o sea que una sentencia, pues depende de lo mismo el criterio de cada juez, cosa que no entiendo, ya que si la ley es igual para todos, cada juzgado la interpreta como le da la gana.
Pues quería dejar constancia de esto para otros compañeros que pudieran tener el mismo problema, que sepan como proceder. Un saludo