hola me han denegado justicia gratuita y pone que tengo diez dias habiles para impugnar estos dias entiendo que no cuentan aun los dias que me quedan para el recurso del monitorio???gracias
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hola me han denegado justicia gratuita y pone que tengo diez dias habiles para impugnar estos dias entiendo que no cuentan aun los dias que me quedan para el recurso del monitorio???gracias
hasta que no te lo comunique el juzgado,no empiezan a contar...puedes impugnarlo...
me podrias pasar escrito o enlace gracias para impugnar me refiero
En cada CCAA son distintos creo. De todas maneras acercate a la Comision de Asistencia Juridica Gratuita de tu ciudad y ahi es donde tendras que hacer y presentar ese escrito.
pero no hay ningun modelo colgado?
Lo que tienes que hacer es impugnar la resolución por la que se te deniega la justicia gratuita, y con ese papel sellado, vas al juzgado donde se turnó el monitorio para que te paralicen el plazo.
Te copio un modelo, lo has de presentar en una delegación del colegio de abogados de tu provincia, allí te darán un papel sellado, lo presentas en el juzgado correspondiente, como te dije más arriba, y luego esperas la resolución de su Señoría. Es conveniente que lo hagas cuanto antes, luego ya tendrás tiempo de aportar documentos que apoyen que careces de los recursos necesarios. Pon lo que consideres oportuno, no es un escrito formal, ni se requiere abogado que te lo prepare. Un saludo.
AL SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA
Dª, con D.N.I., y domicilio a efecto de notificaciones en C/, de, cuyas demás circunstancias constan en el expediente de justicia gratuita Nº , y demandada en autos Nº por D., en materia de ( Juzgado Nº ) , ante el Secretario comparezco y, como mejor proceda en Derecho
DIGO
Que habiéndoseme notificado resolución por la cual se tiene por denegado el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita que solicité, por medio del presente escrito, y dentro del legal plazo y forma determinados por el art. 20 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia Jurídica Gratuita, IMPUGNO LA RESOLUCIÓN DENEGATORIA DE LA COMISIÓN DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA recaída en fecha , y ello con base en los siguientes
HECHOS
1º.- La compareciente presentó con fecha ..solicitud de asistencia jurídica gratuita ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.
Dicha solicitud ha sido denegada por parte de la Comisión, afirmando que “ los recursos e ingresos económicos del solicitante superan el doble del ……………..”
2º.- La compareciente se muestra disconforme con esta denegación de reconocimiento del beneficio de justicia gratuita, por los motivos que a continuación se exponen:
I.- La compareciente trabaja como …… en ……, teniendo una relación laboral TEMPORAL con la Junta de, pues me encuentro en situación de interinidad cubriendo una vacante que en cualquier momento puede ser ocupada. ( Adjunto certificación expedida por ).
II.- Asimismo la compareciente tiene a su cargo a su hijo ….., de 18 años de edad, que se encuentra realizando estudios de en la Universidad de, con quien convive en el domicilio familiar, y quien aun no trabaja.
Es por ello que considero que me debe ser concedido el beneficio de justicia gratuita, puesto que no me encuentro en una situación laboral estable, y además tengo a mi cargo a uno de mis hijos, el cual se encuentra aun estudiando, y no percibe ingresos de ningún tipo.
FUNDAMENTOS
Artículo 20 de la Ley 1/1996, de 10 enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, así como los arts. 3 y siguientes de la misma Ley.
En su virtud,
SUPLICO A LA COMISIÓN DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA que tenga por presentado este escrito, con el documento que se acompaña, y en su virtud se sirva admitirlo, remitiéndolo al Juzgado competente, para una vez examinado, proceda revocar la denegación de solicitud de asistencia jurídica gratuita. Es justicia que pido en
Se le habrán denegado si... a) Dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar.
b) Dos veces y media el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas integradas en alguna de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros.
c) El triple de dicho indicador cuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros o que tengan reconocida su condición de familia numerosa de acuerdo con la normativa vigente.
Por eso digo, que alegue lo que crea debe alegar, que no es nada formal, eso es sólo un modelo, que borre las circunstancias personales que ahí están y coloque las suyas. Y aporte todos los documentos que respalden lo que dice.
Tranquila, que no soy ningún troll.