Porqué firmar en documento público la eliminación de la cláusula suelo
Aquí os dejo un interesante artículo escrito por un notario en el que explica porque no hay firmar un documento privado para que eliminen la cláusula suelo. Lo cierto es que después de leerlo todo parece bastante lógico, así que si alguien se está planteando firmar quizá deba replantearse cómo.
Documento privado para solucionar cláusula suelo
Ante la avalancha de sentencias condenatorias a la Banca por la cláusula suelo, y la ingente cantidad de reclamaciones por este motivo, muchos bancos están ofreciendo a los clientes firmar un documento privado para quitarles esa cláusula suelo.
Trato como Notario de explicaros ese tipo de documentos, y sobre todo convenceros de que es mucho más adecuado firmar una escritura pública, aunque evidentemente os reconozco que puede que vuestra situación económica os fuerce a no seguir mis consejos.
Ni os engaño, ni trato de buscar amigos; personalmente ni veo mal la cláusula suelo, ni estoy conforme con la postura del Tribunal Supremo (que por otra parte jamás ha dicho que las cláusulas suelo sean ilegales o abusivas, sino sólo algunas), sin embargo, la realidad jurídica se impone sobre mi opinión personal, y no veo honesto dejar de asesorar a un ciudadano sobre sus intereses, y posibilidades, por más que esté o deje de estar conforme con el origen del tema (sobre el que también tengo opiniones personales, que no son al caso)
¿Qué dicen verdaderamente esos documentos privados que quitan la cláusula suelo?
Teóricamente lo que vosotros queréis, y es que desde la firma del mismo, no se aplicará más la cláusula suelo a vuestro préstamo hipotecario.
Sin embargo, el día que veáis a un Banco regalar el dinero, o hacer las cosas porque sí, o de forma altruista; o el día que creáis que un documento bancario no tiene letra chica, sólo ese día firmad sin más el primer documento que os ofrezca un banco.
He visto varios modelos de distintos bancos y en todos ellos hay dos letras pequeñas:
- La cláusula suelo te la quitan desde la firma del documento.
- Renuncias a cualquier acción contra el banco (en ocasiones no sólo por razón de la cláusula suelo).
Además según las entidades, aprovechan para intentar colar otras cláusulas.
- Una es la estipulación en la que la cláusula suelo se te quita temporalmente.
- Otra es una estipulación (a veces otro documento privado) en la que te comprometes a contratar determinados productos de ese banco.
Solo te quitan la cláusula suelo desde que firmas el documento
Me alegro por ello, sin embargo ¿te has planteado cuanto has pagado hasta ahora como consecuencia de esa cláusula suelo?.
Desde la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de Mayo de 2013 puede decirse que se cuentan con los dedos de la mano las sentencias que dan la razón a la Banca si trata de defender la validez de la cláusula suelo; las perspectivas de que ganes el litigio son tan altas, que hay numerosos despachos de abogados que incluso están dispuestos a llevarte el pleito y cobrarte sólo si ganas.
Con ello quiero decirte que si en vez de llegar a un acuerdo con el Banco, decides demandarlo, es más que probable que: no sólo te quiten la cláusula suelo, sino que además tenga el Banco que pagar las costas; pero es que además y tras la sentencia del Tribunal Supremo de 25 de Marzo de 2015 es más que posible que el Banco se vea obligado a devolverte lo cobrado de más desde el 9 de Mayo de 2013 (e incluso más de una sentencia de juzgados y audiencias ignora esta sentencia del Tribunal supremo y obliga a devolver todo lo cobrado de más a modo de ejemplo la sentencia del la Audiencia de Zaragoza de 27 de Abril de 2015 comentada por mi compañero José Carmelo Llopis).
Dicho de otra forma, el problema de mantener la cláusula suelo es del Banco, no tuyo; por lo que ofreciéndote este documento el Banco no te está haciendo ningún favor a ti, sino sólo quitándose un problema y resulta absurdo que renuncies sin más a un dinero que puedes recuperar sin una contraprestación sensata a cambio.
Si crees que la cláusula suelo no es abusiva, si crees que fuiste debidamente informado, paga; en otro caso ¿por qué tienes que firmar tu que te hagan el favor de quitarte algo que tu sostienes que es ilegal?.
Renuncias a cualquier acción contra el Banco
Pues blanco y en botella, a lo que renuncias es a recuperar lo que has pagado como consecuencia de la cláusula suelo, ¿es eso lo que quieres? en ese caso firma el documento, pero ni se te ocurra hacerlo en caso contrario (de camino si te digo que luego no te quejes, pues si tu no defiendes tus derechos, no pretendas luego que nadie lo haga por ti).
Algunos Bancos “casualmente” añaden que renuncias no sólo a reclamar por la cláusula suelo, sino por cualquier otro motivo; por lo que tratan de dar validez a todas y cada una de las estipulaciones de la escritura, o sea que haces renuncia de derechos incluso sin saber a qué estás renunciando.
No te voy a engañar, pues la cláusula suelo, con diferencia es la que más posibilidades tiene de prosperar ante los tribunales, sin embargo otras cláusulas son igualmente dudosas.
Personalmente sostengo que el tema de los intereses de demora, es más que discutible.
Sin embargo, y no encontrando fundamento legal ni jurisprudencial, la cláusula de compensación de saldos cuando menos me parece escandalosa, y si que parece que absolutamente nadie habla de ella.
Cuidado si sólo te quitan temporalmente la cláusula suelo
Ya he dicho que no estoy conforme con la jurisprudencia en materia de cláusulas suelo, nunca he pretendido ser políticamente correcto y digo lo que pienso; no os engañéis, no soy el único jurista que piensa igual (tened en cuenta que mi perspectiva es la del que estudia el derecho, y que no hablo ni de política ni de economía, e incluso de justicia).
Es posible que cambie la jurisprudencia, y por eso, más de un Banco, por si cambia el criterio interpretativo, añade que te quitan la cláusula suelo durante dos o cinco años (no parece razonable que vaya a cambiar la jurisprudencia antes).
Nuevamente te digo que si quieres firmes, y que eres libre, pero que luego si cambia la jurisprudencia y vuelven los tiempos que ya conoces no te quejes.
Cuidado con contratar productos adicionales
Os parecerá increíble, pero he visto Bancos que a cambio de que les hagas el favor de no demandarles, te imponen contratar los productos más variados.
No tengo que responderte que tu nómina la domicilias donde quieras, y que eres libre de contratar los productos que te de la gana con uno u otro banco.
Me quiero centrar en la posibilidad de que tengas cuotas de la hipoteca sin pagar, y ante eso creo que es importante que tengas dos ideas muy claras:
- Las deudas hay que pagarlas.
- No eres un delincuente.
¿Tienes que pagar tu deuda?
Sin embargo tu deuda no comprende intereses moratorios abusivos ni comisiones por servicios no prestados, por lo que no refinancies lo que no tienes que refinanciar.
Servicios no prestados que no tienes que pagar.
Me refiero a la comisión de reclamación de cuotas impagadas (normalmente unos 35€ de media por impago).
Si no pagas, evidentemente el Banco está siendo perjudicado y el coste de la reclamación no tiene por qué pagarlo él, pero lo que no puede es cobrar esa comisión por el hecho de no pagar, sólo tiene derecho a cobrarla si te ha reclamado y es él quien tiene que probar que la reclamación se ha producido.
Intereses moratorios que no tienes que pagar
El tema es delicado, pero te recuerdo que el Tribunal Supremo en sentencia de 22 de Abril de 2015, prohibe que en los préstamos personales concedidos a consumidores pueda cobrarse por interés de demora más allá del resultado de añadir dos puntos al interés legal del dinero.
¿Por qué en un préstamo personal existe este límite y no en un préstamo hipotecario? sinceramente soy un simple Notario de pueblo, es cierto que tampoco lo segundo se ha planteado ante el Tribunal Supremo, pero el argumento está ahí, y la posibilidad de reclamar también (el resto merecería un post especial dedicado al Tribunal Supremo, y no sólo de carácter jurídico).
¿Eres un delincuente?
Comprendo y veo con cierta frecuencia (es más vivo en mis propias carnes) la impotencia que se siente cuando uno quiere y no puede cumplir sus obligaciones.
Es cierto, te equivocaste al calcular que podrías pagar, y ni se te ocurrió pensar que tus ingresos iban a bajar de la forma que han bajado, pero ni has cometido un delito, ni tienes que estar fustigándote constantemente por ello, pero sobre todo no toleres que te fustiguen.
Le debes el dinero al banco, y no a una empresa con la que esta contrata y cuyas formas son mas similares a las de Vito Corleone que a otra cosa. No tienes por qué tolerar que mientras estás almorzando te llame un señor malcarado poniéndote a parir de un burro, ni amenazando de absolutamente nada.
Si la cosa se sale de madre te recuerdo que tienes dos derechos:
- Denunciar en la policía un posible delito contra la integridad moral de las personas (art 173 Código Penal) incluso de amenazas (art 169 Código Penal)
- Denunciar al Banco ante la Agencia Española de Protección de datos por haber cedido tus datos a esa empresa sin tu consentimiento (la denuncia por otra parte es gratuita y puede hacerse por internet).
Porqué firmar en documento público la eliminación de la cláusula suelo
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maricarm.
muy bien hay que tener mucho cuidado con esta "gente" a unos vecinos de mi hija les paso eso cuando se enteraron que mi hija habia demandado a BANKIA por la clausula suelo,la dijeron que como se metia en esos lios que a ellos ya se la habian quitado solo con hablar con el director lo unico que habian tenido que firmar que renunciaban a reclamar lo que ya les habian cobrado y les metieron el seguro de vida y el de la casa,mi hija les contesto que ella no estaba dispuesta a regalarles nada y que si la tenian que devolver lo estaba reclamando porque era suyo y que los seguros ella los tenia donde la daba la gana,cuando han sabido que ha ganado se han dado cuenta de que a los bancos tambien se les gana y que los que han perdido han sido ellos al firmar esas condiciones,si bien es verdad que mi hija aun esta esperando a que BANKIA la pague lo que la debe porque la sentencia es firme desde noviembre del año pasado y ella aun no ha visto el dinero que la tienen que devolver...
Pues con sentencia firme, tendrá que reclamar la ejecucion en el juzgado para que le paguen o que los embarguen...como nos hacen ellos a nosotros...e
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maricarm.
si esta en ello su abogado por suerte conozco a uno de los mejores de segovia y cuando me dijo que no sabia que hacer con lo de la hipoteca le llame,mi hija me decia que no podia pagar a un abogado y menos de los buenos pero este hombre es una cosa rara de encontrar en estos tiempos(honrado) lleva mas de 30 años en la abogacia y la dijo que en temas de estos de bancos como suele ganar no la cobraria nada porque tendrian que pagar costas el banco y que estuviera tranquila, lo unico que en segovia estan saturados en el juzgado de sentencias contra BANKIA y va despacio pero ya lo ha reclamado estamos a la espera de ver lo que tarda en llegar el turno
Entonces perfecto.
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