Buenas a todos,
Una vez conocido el Real-Decreto-Ley sobre las clausulas suelo, y definidos relativamente los términos mi pregunta es simple pero a la vez difícil.
Yo he contactado ya con el director de la sucursal y me comenta que tienen en mente ser proactivos y no esperar a que el cliente ponga la correspondiente queja, pero .... hemos de esperar o tomar la iniciativa y reclamar para que el plazo de 3 meses empiece cuanto antes mejor.
Entiendo el que te digan que tu caso se debe resolver, supuestamente, en un plazo máximo de 3 meses, pero cuando se supone que tienen que empezar dicho proceso?
Por tanto y obviamente sin fiarme ya de lo que me puedan decir en el banco, que hemos de hacer, reclamar o esperar a que nos llamen?
Un saludo.