¿Pueden embargar a mi mujer por una deuda mía de préstamo personal?
Hola, lo primero gracias por leerme.
Hace 2 años solicité un préstamo personal (me reclaman en este momento cerca de 8000€ con los intereses) en banco Santander en una cuenta compartida con la que es mi actual mujer (en el momento de solicitarlo ni estábamos casados ni eramos pareja de hecho).
Ese préstamo personal esta a mi nombre y ella no firmó nada ni aparece en ningún lugar.
Me ha llegado una carta del juzgado diciéndome que (resumiendo) si no pago en 10 días. Procederán a embargarme.
Mi duda es la siguiente. Yo no tengo bienes embargables (ni casa. Vehículo. Cuentas corrientes o nomina) pero mi mujer si tiene una pensión de gran invalidez en una cuenta de otra entidad en la que yo no aparezco.
Nos hemos casado hace poco y no hicimos separación de bienes.
La cuestión es, al no poder pagar yo la deuda ni tener nada embargable, ¿pueden embargarle a ella?
Graciaa de nuevo y un saludo
¿Pueden embargar a mi mujer por una deuda mía de préstamo personal?
Cita:
Iniciado por
verdugo12
no te preocupes cuando decidan embargar el juzgado le mandará un oficio a tu mujer, y ella en ese momometo renuncia a ser perjudicada y disuelve el regimen ganancial, y no le hacen nada, del tiron nada, te lo digo por mi
Perdon???? Creo que estás muy equivocado. Se puede disolver el regimen de gananciales pero no es "renunciar a ser perjudicada y disolver" y ya está. No. Tiene que decidir un juez una vez escuchados a los conyuges y decide Su Señoría (incluso como se divide el patrimonio). Que lo pones como si fuese presentar un papel y automaticamente se disuelve y aqui paz y después gloria.