Muy buenas a tod@s ,tengo una duda sobre los embargos en origen,hace 5 años,se decreto un auto de ejecucion de titulos no judiciales en mi contra y el primer acreedor fue el bbva no me pudieron embargar nada ya que tenia un trabajo de medio tiempo y cobraba por debajo del SMI.
En todo este tiempo mi deuda la compro iberia inversiones y acto seguido yo abri cuenta en otros bancos porque en el auto el acreedor solicita al juzgado que investigue mis bienes al PNJ.
Mi duda es la TGSS le comunica al juzgado que estoy trabajando pero si he cambiado de banco recientemente el acreedor tendria que solicitar al juzgado otra vez las cuentas que tengo abiertas o no les hace falta,es decir se lo estoy poniendo mas dificil al juzgado al cambiar de cuenta?