https://elpais.com/economia/2019/10/...63_031402.html
Versión para imprimir
Esta información es un poco errónea, si presentan la demanda por la Jurisdicción Española, deben de aportar lo que la Lec exige como mínimo, para presentar una demanda.
A lo que se refiere este Artículo, es a al procedimiento Monitorio Europeo, como los fondos buitres están casi todos en los países del este o Malta o Luxemburgo, ellos presentan los Monitorios Europeos, que no exigen presentar Nada de Documentación, e inflan la deuda y meten lo que les da la gana.
Pero la Ley tampoco exige que la Oposición sea fundada y motivada....
Ese filón es el que ellos quieren aprovechar de mala Fe, para si el demandado no se opone, ya te pueden ejecutar, son unos listillos.