Y digo yo... debido al estado de alarma... siguen pudiendo reclarmarnos judicialmente nuestras deudas o siguen pudiendo embargarnos post estado-alarma?
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Y digo yo... debido al estado de alarma... siguen pudiendo reclarmarnos judicialmente nuestras deudas o siguen pudiendo embargarnos post estado-alarma?
Pues claro que pueden. ¿Por qué no iban a poder?
La gestion de documentación no se ha parado en los juzgados...... Los plazos, atencion al público y juicios, sí... Pero demandas y demas,. siguen gestionandose
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ok. Muchas gracias por vuestras respuestas