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Costas judiciales, cálculo interés anua erroneo?
Hola,
Hace unos años por desconocimiento un familiar no se opuso a un monitorio de cofidis y le tocó pagar la cantidad íntegra que pedían. En el juzgado llegamos a un acuerdo de pagos mensual para pagar una cantidad fija.
En marzo aproximadamente se terminó de pagar el capital principal y en el juzgado nos dijeron que esperasemos ahora a las costas, que tenían que pedir el cálculo a la parte contraria.
Hoy ha llegado una carta certificada con las costas y hay algo que me resulta extraño. Se calcula un tipo de interés del 5 % anual sobre el capital principal (6522,70) pero no se tiene en cuenta que se va pagando mes a mes una cantidad fija y siempre se calcula sobre el total. Esto es normal?
Para que os hagáis una idea, el año pasado la deuda debía ser de unos 1000 € de principal y aún así el cálculo del interés lo hicieron sobre el total del principal. Os adjunto foto.
Es esto normal?
Gracias!Archivo adjunto 51525
Costas judiciales, cálculo interés anua erroneo?
Debes mirar que pone exactamente porque hay 2 tipos de intereses, uno que se calcula al precio del dinero y otros son los intereses judiciales que esos si son al 5%.
En la sentencia debe especificar claramente a qué intereses y costas te condenan.
Costas judiciales, cálculo interés anua erroneo?
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alex_88
Gracias, lo miraré! Si el problema no es el tipo de interés anual. Sino que se calcula siempre sobre un capital fijo (6522,70) Cuando ese capital he ido reduciéndolo mes a mes pagando lo que acordamos.
Y ese acuerdo está por escrito y homologado en el juzgado??
Si la respuesta es si, Pues entonces hay que mirar y leer lo que se firmó en ese acuerdo.
Costas judiciales, cálculo interés anua erroneo?
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Iniciado por
alex_88
Gracias, lo miraré! Si el problema no es el tipo de interés anual. Sino que se calcula siempre sobre un capital fijo (6522,70) Cuando ese capital he ido reduciéndolo mes a mes pagando lo que acordamos.
Entonces ahí está mi duda, si el esto es algo normal o se puede reclamar.
Por que el hecho de que acordarás pagar a plazos no implica que la deuda estuviera saldada..
Los intereses judiciales no se calculan progresivamente como si fuera un prestamo bancario... Se calculan desde que se interpuso la demanda, interes legal del dinero y hasta que se paga la totalidad de la deuda.
Si se interpuso demanda de ejecucion, el interes legal del dinero más un 5%de penalización desde que se ejecuta y hasta que se paga el total..
Conclusión.. Te han dejado pagar a plazos pero te han aplicado los intereses como marca la ley.
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