-
Deuda judializada
Buenos días
Tengo una deuda judializada, he estado tiempo sin trabajar y no he pagado nada, mi duda es la siguente en 2016 tuve la nomina embargada
Desde 2018 no han solicitado ninguna retención ¿Esa deuda prescribe? o al haberla ejecutado en su dia ya no caduca nunca.
Muchas gracias
Saludos
-
Al haberla ejecutado ya no caduca más, hasta que sea satisfecha en su totalidad.
-
-
Otra duda si no es mucha molestia, quien pide el embargo el abogado o el juzgado directamente?
He llegado a un acuerdo para que no embarguen nomina, pero no se si lo hace el juzgado independientemente o si no lo pide el abogado no lo realiza
gracias de antemano
-
Perdonar de nuevo, ¿Alguien sabria de este tema? gracias
-
El Juzgado no mueve un dedo sin que el demandante le pida lo que sea. Una vez se presente el escrito, el Juzgado decidirá si procede o no. Los embargos de nóminas (y devoluciones del IRPF) son muy comunes.