Juicio verbal Osmar Capital (Vivus)
Buenas tardes. Os comento por encima mi caso. Hace menos de un año pedí un microcrédito a Vivus que fue de 400€. En su momento no pude pagarlo, y se lo cedieron a los meses a Osmar Capital, por 865€. Durante estos meses he estado recibiendo solo mensajes amenazantes de Osmar Capital. Hasta que hoy he mirado la sede judicial y me pone que ya hay un procedimiento de juicio verbal iniciado el día 12/02/2025.
Aún no me ha llegado la notificación a mi domicilio. Me gustaría saber si las notificaciones de juicios verbales te lo trae un trabajador de los juzgados o bien te lo trae el cartero?
Y a partir de que la notificación llegue a mi domicilio debo de hacer alegaciones. Tengo otra duda y es que si el juez en un caso hipotético me dice que tengo que darle a Osmar los 865 que pida o más. Y yo no tengo para pagar. Entonces se supone que ya podrían ejecutar un embargo. Pero la cuestión es que yo no tengo nomina ni tampoco tengo ningún bien a nombre. Por problemas médicos llevo sin poder encontrar trabajo desde hace meses y vivo en la casa de mis padres. Mi pregunta es que si se produjera un embargo, y no tengo nada que me pueden embargar? Gracias
Juicio verbal Osmar Capital (Vivus)
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juanjesus10
Buenas tardes. Os comento por encima mi caso. Hace menos de un año pedí un microcrédito a Vivus que fue de 400€. En su momento no pude pagarlo, y se lo cedieron a los meses a Osmar Capital, por 865€. Durante estos meses he estado recibiendo solo mensajes amenazantes de Osmar Capital. Hasta que hoy he mirado la sede judicial y me pone que ya hay un procedimiento de juicio verbal iniciado el día 12/02/2025.
Aún no me ha llegado la notificación a mi domicilio. Me gustaría saber si las notificaciones de juicios verbales te lo trae un trabajador de los juzgados o bien te lo trae el cartero?
Y a partir de que la notificación llegue a mi domicilio debo de hacer alegaciones. Tengo otra duda y es que si el juez en un caso hipotético me dice que tengo que darle a Osmar los 865 que pida o más. Y yo no tengo para pagar. Entonces se supone que ya podrían ejecutar un embargo. Pero la cuestión es que yo no tengo nomina ni tampoco tengo ningún bien a nombre. Por problemas médicos llevo sin poder encontrar trabajo desde hace meses y vivo en la casa de mis padres. Mi pregunta es que si se produjera un embargo, y no tengo nada que me pueden embargar? Gracias
1. Notificación del juicio verbal
En España, las notificaciones de procedimientos judiciales pueden entregarse de dos maneras:
A través del servicio de notificaciones del Juzgado (normalmente por un funcionario del juzgado o un agente judicial).
Por correo certificado con acuse de recibo (lo entrega el cartero y requiere tu firma).
Si no estás en casa en el momento de la entrega, el cartero dejará un aviso para que vayas a recoger la notificación a la oficina de Correos.
Si no pueden notificarte personalmente, el juzgado puede intentar otras vías, como notificar en el domicilio que figure en el DNI o incluso publicar la notificación en el BOE (Boletín Oficial del Estado) si no logran localizarte.
2. ¿Cuándo debes hacer alegaciones?
El plazo para contestar a la demanda es 10 días hábiles desde que recibes la notificación. En el juicio verbal puedes presentar escrito de oposición.
Dado que el importe es menor a 2.000 €, no es obligatorio abogado ni procurador, aunque sí recomendable.
3. ¿Qué pasa si el juez te condena y no puedes pagar?
Si el juez dicta una sentencia en tu contra y te obliga a pagar la cantidad reclamada, Osmar Capital podrá solicitar la ejecución de la sentencia, lo que significa que intentarán embargarte bienes o ingresos.
Pero en tu caso:
No tienes nómina ? No pueden embargar tu sueldo.
No tienes bienes a tu nombre ? No pueden embargar tu casa ni coche (si no tienes).
Si recibieras una pensión o prestación del SEPE ? Solo podrían embargar la parte que supere el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2025 está en 1.134 € mensuales.
Si recibes dinero en una cuenta bancaria, podrían intentar embargar el saldo disponible, pero respetando el límite del SMI si se trata de ingresos periódicos.
4. ¿Qué pasa si no pueden embargarte nada?
Si no tienes bienes ni ingresos embargables, se te consideraría insolvente. La deuda seguirá pendiente y podrían volver a intentar embargos en el futuro si tu situación económica mejora.
La deuda no desaparece, pero si pasan 5 años sin que puedan embargarte nada, podrían archivarlo provisionalmente.
En cualquier caso, si recibes la notificación, lo mejor es presentar alegaciones.
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juanjesus10
Mil gracias Maribelica por resumirmelo tan bien. Me ha quedado muy clara la información. Lo que si tengo que hacer si o si es defenderme con las alegaciones. Eso haré en el caso de que me llegue la notificación. Según he leído, tardan 5 días hábiles en enviar la notificación a casa. Ya no sé si ese plazo es real o no. Se sabe el plazo exacto en que me puede llegar la notificación? Gracias
Que vaaaaaa.. A saber... Días, semanas o meses.
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juanjesus10
Bueno... Entonces depende de la carga del juzgado. Yo creía que eso había un plazo para mandar notificación y ahora me entero de que no. Entonces considero que lo peor de estos casos es la espera entre unas fases y otras...
Lo peor será por que tú te lo quieras tomar así. Realmente es algo que se ignora y se sigue con la vida diaria sin echar mucha cuenta.. Ya notificarán cuando les salga de los pelendengues.
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juanjesus10
Buenas. Pues él estado del procedimiento ha cambiado, antes ponía trámite y ahora pone admisión/alegaciones. Ahora sí es cuando me tendría que llegar a mi domicilio la notificación verdad? Ya que ha sido admitida a trámite. Gracias
Tu sigue así, que vas divinamente.
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juanjesus10
Buenas tardes Maribelica. Sé que no tengo que preocuparme hasta que no llegue nada a mi domicilio, pero solo quería saber cómo va el proceso. Porque nunca he ido a ningún juicio, ni sé cómo va nada de esto. Gracias
Cuando llegue el momento te ocupas y te explicamos todo lo que necesites.
Sin conocer el contenido de una demanda, nada te podemos decir.
Tenéis que saber que no es bueno pensar que si una va de una manera, ya todas van así.
Esto es como el que se automedica.... TOMATE ESTA MEDICINA QUE A MI ME VA BIEN....
Pues NO... cada cual tiene su cuerpo y organismo de una manera y lo que a tí te va de una forma a mí me va de otra..
Cada demanda es de uno.. Cada juzgado tarda lo que quiera o pueda tardar y cada procedimiento irá como tenga que ir.
Las artes adivinatorías no son lo nuestro.
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