SUBASTA VIVIENDA HABITUAL POR DEUDA CON SEGURIDAD SOCIAL
Buenas tardes compis,
planteo una situación que no me sucede a mí, sino a un familiar muy cercano concretamente mi sobrina.
Detallo brevemente el caso:
Pareja que se separa (o divorcia) después de un matrimonio en bienes gananciales. Vivienda habitual a nombre de ambos e hipotecada a nombre de ambos.
A principios de 2024 estando ya separados judicialmente, la Seguridad Social comunica una deuda del exmarido de 10.000€ por no haber pagado las diversas cuotas de autónomos, y haber ignorado los distintos requerimientos de pago.
Reclamación ejecutiva de la seguridad social, que solicitaba el embargo de la vivienda habitual para el pago de la deuda.
El exmarido pago el 50% de la deuda, y formalizo un aplazamiento del otro 50% no sé en que tiempo.
Desde ese momento, mi sobrina accede a quedarse con la vivienda y el 100% de la hipoteca pero con la anotación de embargo de la deuda pendiente de pago de los 5.000€
Aplazamiento que el exmarido nunca ha atendido. Consecuencia la seguridad social a puesto fecha para la subasta de la vivienda concretamente el próximo 24 de junio.
El asunto está en que la deuda ronda los 5800 euros, mi sobrina reuniendo por varios sitios llega a los 3.000€ pero le faltan 2.800€ para el pago de la deuda como muy tarde el lunes 23 de junio.
Comentar que aunque ha hablado con el exmarido para que se encargue del pago del total de la deuda no confía en ello.
Aunque ella se ha movido para saber si se puede parar dicha subasta y le han dicho que no, mi pregunta es ¿alguien me puede aconsejar algo al respecto?.
Saludos y espero vuestros comentarios en especial el de los asesores.
SUBASTA VIVIENDA HABITUAL POR DEUDA CON SEGURIDAD SOCIAL
La situación de tu sobrina, por desgracia, no es infrecuente cuando hay deudas de autónomos y un bien ganancial de por medio. Te doy un resumen legal y práctico de lo que podría hacer a estas alturas:
???? 1. ¿Puede embargarse y subastarse una vivienda ganancial por una deuda personal?
Sí. Aunque estén divorciados, si la vivienda sigue inscrita a nombre de ambos y el embargo se anotó cuando era ganancial, la TGSS puede ejecutar el bien ganancial completo, subastarlo y luego entregar la parte correspondiente al cónyuge no deudor (tu sobrina).
???? 2. ¿Puede evitarse la subasta?
En principio, sí puede suspenderse la subasta si se paga el total de la deuda, incluidos intereses, costas y recargos. Para eso, habría que pagar antes del día anterior hábil a la subasta, es decir, como muy tarde el viernes 20 de junio de 2025 (porque el 21 es sábado y el 23 es el último día hábil antes del 24).
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???? 3. ¿Opciones realistas para evitar la subasta si no consigue el dinero completo?
?? A. Pedir fraccionamiento urgente del importe restante a la TGSS
Dado que el deudor es el exmarido, no es probable que lo concedan a ella, pero se puede intentar en nombre de él con una autorización suya. Aun así, esto no suele paralizar la subasta salvo que se acepte expresamente.
?? B. Pedir un préstamo rápido o ayuda familiar
No es lo ideal, pero es el único modo de frenar la subasta a tiempo si el pago total se consigue. Luego podría reclamar judicialmente al exmarido su parte, incluso por vía penal si lo pactado no se cumple.
?? C. Ofrecer la dación en pago del embargo al contado por parte de un tercero (familiar o amigo)
Si alguien puede poner los 2.800 € faltantes directamente, se puede pagar la deuda en nombre del deudor con el justificante y presentar el pago a TGSS antes del viernes 20. Se cancela la ejecución y la subasta.
???? 4. ¿Qué pasa si no lo consigue y se subasta?
La TGSS subastará el bien por el 50% del valor de tasación, como suele ocurrir. Si alguien lo compra:
Tu sobrina puede perder la casa si no tiene dinero para ejercer el derecho de retracto.
Recibirá su parte del sobrante de la subasta, si lo hay, pero perderá su vivienda habitual.
Y todo por una deuda de 5.800 € que ni siquiera es suya.
???? 5. Recomendación final (urgente)
Que tu sobrina reúna los 2.800 € a toda costa antes del 20 de junio.
Haced el pago directo en la TGSS con el número de expediente del embargo.
Presentad el justificante ante el Servicio de Recaudación Ejecutiva para que cancelen la subasta.
Si lo logra, después puede iniciar un proceso de reclamación de cantidad contra el exmarido por su negligencia.
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