Duda sobre la "comision por reclamacion de recibo impagado"
Vale, me vais a poner de pesado, pero es que no me queda claro...
Vereis, mi banco me cobra una cantidad fija de 30 Euros por el concepto que expongo.
Mi duda es: ¿al ser una cantidad fija mensual de 30 Euros, sin que entre en juego la Tasa Anual Equivalente, ni intereses ni nada de eso, yo en principio, solo podria reclamar dichas cantidades, no ?(o sea, la suma de todos esos 30 Euros cobrados, pelados y mondados)
Si tengo derecho a percibir algun interes(que supongo que sera simple, por que me he leido el contrato de tarjeta de credito y no pone nada de revolving), en este caso como lo calculo?
Con la tabla de Interes simple de Ocnur, supongo, pero ¿el tema de los años transcurridos que tiene que ver?
Como siempre, pido disculpas, por mi torpeza, pero es que de verdad que no me aclaro...
Saludos!