Ok, tú mismo......... si tú estás conforme, nada que objetar.
Versión para imprimir
Pues no te opongas,paga y espera y confia en que un dia no te llegue un embargo de parte de estos señores tan majos.
Porque si no te opones o pagas el total en el juzgado o llevas un acuerdo de pago al juzgado,no se paraliza nada, el monitorio sigue adelante en el juzgado y no tienen que presentar nueva demanda. Con la no oposicion ya les has dado un titulo ejecutivo y pueden embargarte cuando les de la gana,con acuerdo y todo.
Los acuerdos por escrito, firmados por ambas partes y presentado en el juzgado. Este escrito es un reconocimiento de deuda y es por tanto útil para embargar si no cumples el acuerdo, pero sólo podrán embargar si no cumples. Si no se presenta este escrito en el juzgado, aunque cumplas con el acuerdo te pueden embargar perfectamente.
Marve, no remuevas los hilos viejos, ya cuesta bastante trabajo seguir los nuevos, gracias.
O si me hace gracia algo
Puedes comentarlo sin problemas. Pero para ello abre un nuevo hilo con la duda. Es que si no, es un caos para los asesores.