De Hoist Finance, compró a BMN , pedían 790€.
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De Hoist Finance, compró a BMN , pedían 790€.
Una pregunta. Si archivan un caso se supone que al no ser cosa juzgada, pueden volver a presentar demanda. En el caso de que volvieran a demandar, la fecha de incoación sería la de la nueva demanda y por lo tanto, si fuera después del 28 de diciembre, se podría alegar prescripción o se tomaría en cuenta la fecha de la primera demanda y por lo tanto habría vuelto el contador a cero en esa fecha?
Creo entender por un artículo de la LEC que el plazo de prescripción se paraba sólo si la demanda era admitida a trámite.
Wenas
Estoy intentando ver lo de los monitorios ,en sede judicial,soy de Cataluña y la verdad que no consigo entrar,tengo DNI con la clave digital,lector del mismo y nada??me ayudais¿¿-gracias
Un WhatsApp vale para interrumpir la prescripción de una deuda?
https://cincodias.elpais.com/cincodi...rno_rsoc=TW_CC vía
@CincoDiascom
Es una noticia de 11/12/2018, yo creo que no es una comunicación fehaciente, imagina que has cambiado de numero, y el que tenias se lo han dado a otro cliente de la compañia de telefonos, ¿esto no sera pasar datos protegidos a quien no es el deudor?, bajo mi punto de vista, vulnera claramente la ley de protección de datos, y, no creo que los acreedores se jueguen incurrir en este error.
Pero bueno, como dicen por aquí, dependerá del de la Toga.
Saludos y felices Fiestas a todos