Iniciado por
MARIBELICA
Que no.. Que no son cantidades para moverlas y crear alarmas.... Ya te he dicho que si tuvierais salarios de 3000€, 5000€, eso sí que alertar Ian las alarmas.. No por su procedencia que está clara, si no por el hecho de quitarlas para no ser embargadas.. Más si dejas para ir pagando recibos, luz, agua, hipoteca, etc.. Cosas básicas. Es que lo haces para pagar y vivir.. No para evadirlo y de todo tienes justificantes de pagos.
No tienes por qué preocuparte si retiras de la cuenta conjunta la parte inembargable de vuestros salarios. Aunque exista un embargo activo y la cuenta esté bloqueada parcialmente por orden judicial, la ley protege una parte del salario que no se puede embargar, y esa protección se aplica también aunque la cuenta sea conjunta y la deuda sea común.
Pongamos un ejemplo con tus datos:
Tu nómina: 1.400 €
La de tu mujer: 1.200 €
Total ingresado en la cuenta: 2.600 €
Parte embargable (según el mínimo inembargable del SMI): por ejemplo, 500 €
Parte inembargable: 2.100 €
Si sacas 1.500 € o 2.000 €, estás retirando dinero de la parte inembargable, y eso es perfectamente legal. No te pueden sancionar por ello ni te estás saltando ningún embargo. No estás vaciando la cuenta para eludir el embargo, simplemente estás retirando lo que por ley no se puede tocar.
Además:
La ley (Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 607) protege una parte del salario de forma automática, incluso si está ingresado en una cuenta conjunta.
Los jueces, incluso con la cuenta embargada, tienen que respetar esa parte inembargable.
Muchas personas en esa situación hacen exactamente eso: retiran lo justo para vivir, y el juzgado embarga solo lo que puede.
En resumen:
Si solo retiráis lo que corresponde a la parte inembargable de vuestros sueldos, no pasa absolutamente nada. Es legal y está protegido. Aunque el embargo esté ya activo, mientras no saquéis dinero que supere esa parte, no hay riesgo.
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