Y "una jugada del acreedor" sobre las demandas. (no sobre deudas en sí)
Se puede dar el caso de que el acreedor (al que le debes la pasta), te mande a casa un documento sellado por el juzgado donde dice (y se ve) que efectivamente se ha presentado escrito de demanda PERO, lo que no se dice es que el acreedor no ha presentado más que la petición y aún no los documentos que los avala, por lo que es mera medida coercitiva para asustar y decir: "ojito que te llevo al juzgado, vamos a presionarte más por si cuela pues suele ser preferible un acuerdo regular que el mejor juicio"
Si te asustas y accedes (o te viene bien pagar), el acreedor renuncia a presentar los documentos y todo acaba ahí... Y PICASTE en la estrategia del acreedor.
La citación al juzgado ha de ser y es inequívoca, por el propio juzgado, no por el acreedor ni por sus copias.. Si tu deseo es ir al juzgado para arreglar el asunto, conviene que sepas de estas prácticas.
saludos
vengeur