Las deudas no prescriben, prescribe la oportunidad para reclamarlas. Si una deuda no es reclamada fehacientemente en x años (ahora no se los años exactamente),prescribe la posibilidad de reclamar esa deuda.
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Las deudas no prescriben, prescribe la oportunidad para reclamarlas. Si una deuda no es reclamada fehacientemente en x años (ahora no se los años exactamente),prescribe la posibilidad de reclamar esa deuda.
Correcto wilfra.En algunos casos 15 años concretamente pars tarjetas de crédito y 20 años para préstamos hipotecarios.
Cajamar no me deja cancelar una cuenta corriente porque tengo una deuda ya prescrita con ellos desde 2007 y me dice que me va a cobrar comisiones ahora después de 6 años si trabajar con ellos desde entonces (2007). Como puedo cancelar esa cuenta?
Pero que tipo de deuda es?
Una tarjeta de crédito y un adelanto en total hacen 900 euros desde el 2007 eso estará prescrito nunca me lo reclamaron ni fehaciente ni judicialmente como dicen que a partir de junio me cobran comisiones es legal? Saludos
Y porque crees que está prescrito? Si la deuda es real, no prescribe nunca. Las deudas no prescriben, lo que prescribe es el derecho a reclamarlas judicialmente si no se reclaman en 15 años.
No te la han reclamado, porque estarian esperando a que dieras señales de vida, ahora que la quieres cerrar ,tacatá.
Pero la deuda existe y hasta que pasen 15 años tienen derecho a reclamarla. Han pasado 6,solo han tenido que esperar.
Lo unico que podrias hacer seria pagar la deuda.