soyyo13, una pregunta, que no me ha quedado del todo claro. Dices que no llegaste a ir a juicio porque no tenias dinero para el procurador, pero, no obstante, señalas que la nomina esta embargada.
La orden de embargo de una nomina solo puede realizarla un juez, y, si no ha habido juicio, que yo sepa un juez no ordenara ningun embargo. Por tanto, el BBVA simplemente aplica el importe de la nomina al pago de la deuda que tienes. De ser asi, con abrirte una cuenta en otro banco y comunicar a tu empresa el cambio de domiciliacion de la nomina a esa nueva cuenta te habras librado del "embargo". Dado que los recibos los tienes en Cataluña Bank, que ahora pertenece a BBVA, cambialos a la cuenta en el nuevo banco para que el BBVA no reciba ni un centimo, ya que antes de pagar tus recibos cogera el dinero para aplicarlo a la deuda que tienes con esa entidad.
Eso si, ten en cuenta que desde el momento en que el BBVA se quede sin la domiciliacion de la nomina, es muy posible que si que te presenten un procedimiento judicial de reclamacion de deuda, y entonces si que habra sentencia del juez.
No obstante, y corrijanme los letrados que asesoran aqui, no pueden embargar la totalidad de la deuda, hay un minimo, que no se a cuanto asciende, que no puede ser embargado, algo asi como una "renta de subsistencia".
Mucha suerte