No sé, pero si nos atenemos a las formas, el no incluir esa batería de datos técnicamente y lógicamente debería (debería) invalidar el informe, porque precisamente de lo que se trata es de poner de manifiesto una situación avalada y realzada con esos datos que se han pasado por el forro, pero sería el BdE aportando las pruebas el que debería pronunciarse. La pregunta: ¿que consecuencias tiene este error? ¿afectaría al mecanismo de la cuenta de crédito? Claro, supongamos que se invalidara, la entidad tendría que hacer un informe nuevo y actual pero con qué datos ¿con los de la situación de entonces? ¿con los de ahora? Evidentemente, ahora estás en mora pero ¿lo estabas entonces? Visto así y dando por bueno el fallo ¿deberían recalcular los importes? ¿desde que fecha? Jodo, no sé que más preguntar aparte de la hora.