Archivo adjunto 45927
Archivo adjunto 45928
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No hace falta que subas mas documentación, te tiene que mirar un abogado
Archivo adjunto 45931
y con este ya esta todo subido
Pues no sé donde has leido tal cosa. En este foro desde luego que no. El recurso de reposición, que estáis todos emperrados en él, se pone en TODAS las comunicaciones del juzgado (auto diligencia, etc.) por si el juzgado ha cometido algún error de tipo "técnico" en el procedimiento (errores en la tramitaación, se han saltado algún paso, etc.). No tiene NADA que ver ni con alegaciones, ni oposiciones ni nada por el estilo.
Dicho esto, esa demanda aún no está admitida a trámite por detectar el juzgado cláusulas abusivas. Pero pone YA esto en manos de un abogado por si quiere alegar algo en este momento.
Exacto, pero el abogado mejor mañana que pasado.
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Aqui en este otro post lo he leido
https://www.foroantiusura.org/thread...nitorio-dispon