En cuanto llegue a casa leo el escrito. Gracias.
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Si una deuda esta ya sentenciada y no se ha ejecutado y esta deuda se vende a un fondo.Si el fondo interpone demanda, se puede pedir retracto o no?
Si la deuda está Juzgada y sentenciada, ya no hay nada que hacer.
O pagar o esperar a que pidan la ejecución de esos títulos judiciales.....
De todas formas si se vendió después de juzgada, ellos tienen que demostrar en el Juzgado, que son los legítimos acreedores y propietarios de esa deuda....
Supongo que lo habran demostrado porque tanto el Juzgado como el Fondo me comunicaron el nuevo dueño pero han pasado mas 6 meses y no he vuelto a tener noticias de ningun lado
El crédito litigioso no es aquel que debe estar en pleito antes de la cesión.
Un crédito litigioso es aquel que no tiene sentencia en firme o no ha caducado su plazo
Si una entidad cede créditos de dudoso cobro a otra entidad cesionaria.
Si la cesionaria notifica fehacientemente los datos completos de la compra (precio), hay que interponer demanda
Si la cesionaria interpone la demanda, hay que realizar oposición basada en la existencia, exigibilidad y cuantía del importe reclamado