Muy bien explicado :bravo:
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Muy bien explicado :bravo:
Excelente explicación.
Una pregunta, en el caso de que aún tengas que pagar y no lo pudieras pagar de golpe es cuando se podría llegar a un acuerdo de cuotas o embargo de una parte de la nómina, es así?
Si, pero antes de eso tiene que haber un juicio y una sentencia.
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Buenísimo, gracias
Y pregunto cuando un fondo buitre compra tu deuda tú puedes reclamar? Ni sé cómo se llama exactamente pero vamos puedes reclamar pagar la cantidad por la que han comprado tu deuda que suele ser un x% muy bajo menos del 10%
Muchas gracias.
Excelente resumen