¿Como que debería?.... Puede que si y puede que no ... Eso se verá cuando respondas y despues dicte sentencia.... Por ahora se ve que no ha entrado en ese tema.
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Yo creo que muchos no entendéis como funciona esto. Tú puedes demandar a quien te de la gana por el importe que te de la gana. Siempre y cuando cumplas una serie de requisitos (y estos los cumplen) el juzgado les da trámite y le da al demandado un plazo para que alegue lo que estime oportuno. El juez no entra de oficio salvo en los monitorios para apreciar cláusulas abusivas (y porque le obliga la ley). Que te demanden y el juez no diga ni mu no quiere decir que vayan a ganar. Para eso te dan un plazo para defenderte.
hoy tengo juicio oral con ellos a ver que pasa, llevo toda mi documentación
Suerte y tranquila María!!
Mucha suerte!! A por ellos.