Ya, pero eso NO ES UN EMBARGO DE TODO EL SALARIO. Es de la cuenta bancaria. Si el saldo procede de tu salario ya embargado el juzgado te lo tiene que devolver sí o sí. Repito, es lo que marca la LEC.
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Ya, pero eso NO ES UN EMBARGO DE TODO EL SALARIO. Es de la cuenta bancaria. Si el saldo procede de tu salario ya embargado el juzgado te lo tiene que devolver sí o sí. Repito, es lo que marca la LEC.
Entonces eso no lo puede. Hacer de primeras el retener dinero desde el primer momento
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Siii si el demandante pide un barrido de cuentas te embargan todo lo que hay en el banco
Luego toca ir al juzgado a demostrar que es lo que queda de la nomina o pension para que lo devuelvan
Pero no lo devuelven en el momento....tarda unos dias
De ahi que siempre se diga de dejar lo menos posible en el banco
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Si entiendo . Si por lo que sea me embargan la nómina tengo que ir para que la levanten.
Lo que me llamo la atención es a futuro.
Porque claro si te dejan la cuenta embargada en la totalidad 15 días no te dejan para comer ese mes.
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Ola hablando con un familiar me dice la demanda de ejecución.
A mi me tiene que llegar esa demanda antes de embargar ? O al abogado?
Gracias
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Muchas veces no llega sino después que han ejecutado.
????*?? creía que l demanda llegaba antes la verdad a ver si mi hija cobra y lo quitamos.
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