Gracias. En tu caso, se reanudan los plazos cuando la recibes o en la diligencia te avisan de que se reanudaron los plazos tal día?
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Se reinician desde el dia siguiente a recibir la comunicación del juzgado. Ojo, eso lo hace el juzgado de mi localidad. El resto no lo sé. Que cada uno funciona como funciona.
Actualizo el tema:
Como decía anteriormente, el 16 de diciembre presenté en el juzgado el documento que me dieron en el Colegio de Abogados sobre la petición de justicia gratuita, y se supone que ahí quedaba paralizado el procedimiento hasta que alguien decidiera si me correspondía o no, en mi caso parece que es el colegio el que decide.
El 23 de enero me llama una persona del juzgado para decirme que no había presentado ese doc del colegio, le digo que se lo dejé a la persona que estaba en la puerta y que tengo mi copia sellada, me pide que lo mande por email pero que de todos modos se me ha denegado, algo que ya tenía claro que sería así, y que tengo unos 15 días para presentar la respuesta al monitorio.
A continuación, hice mi solicitud de abogado en el foro y rápidamente me asignaron con Ana, muy amable y atenta, y me envió el escrito de oposición en poco más de un día.
Lo he presentado esta mañana y la persona que lo lleva en el juzgado me indica que probablemente se transforme en juicio verbal, sin embargo mi abogada me dice que no es normal que ocurra eso puesto que el juez debería decidir en base a las pruebas documentales que, entre otras cosas indican que la deuda está prescrita, y que salvo que la otra parte pida ese juicio verbal por presentar testigo o alguna otra cosa, no es normal que se llegara a juicio.
De momento quedo a la espera de lo que sea, si alguien quiere aportar alguna luz o experiencia similar, se agradece como siempre. Yo iré actualizando por si le sirve a alguien.
Mucha suerte!!
Finalmente hoy me ha llegado la sentencia. Resumiendo el juez indica que Inves Capital ha presentado un chorro de documentos autoconfeccionados(literal) que no prueban ni la conexión de la deuda conmigo, ya que se basa en un contrato de 2014 con otras cantidades y una hoja de amortizaciones que no se sabe de donde sale, ni la cesión de la finaciera a ellos pues no hay documento oficial del notario, por lo que me absuelve y los condena en costas, siendo esta un sentencia sin posibilidad de recurso, así que ahí se queda.
Agradecimientos a mi abogada Ana y a todo lo impagable aprendido en este foro.
Enhorabuena!!!!
Por favor pásate por el hilo hucha global anotando lo que no te han quitado está gente, 1400€ si no me equivoco.
Te dejo el enlace.
https://www.foroantiusura.org/thread...ICIEMBRE/page8
Bravo!
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Bieeeennn....Enhorabuena!!!
Enhorabuena!!!!