Monitorio y sigo en ASNEF
Cita:
Iniciado por
rfcamino
Respecto a lo de la cancelación de datos en ficheros de impagados, y sin animo de polemizar, yo os comento lo que me ha dicho un abogado y que he podido comprobar en mis propias carnes. Según me indico me dice que no es que se solicite la cancelacion cautelar en el registro, si no que hay que solicitar la cancelacion total, y luego es el fichero en base a la documentación aportada quien procede a la cancelación cautelar o no.
En cuanto a solicitar la cancelación cuando presentamos oposicion, a mí no me funciono ya que según me informaron debería cumplirse esto:
Que exista una deuda cierta, vencida, exigible, y superior a 50 euros:
Esto implica que si el deudor ha iniciado con anterioridad a la notificación de la inclusión en el fichero, una reclamación judicial,extrajudicial, arbitral o administrativa respecto a la deuda, no puede ser inscrita en el fichero.
La clave me han dicho está en haber nosotros presentado una Dana por ejemplo o una demanda por usura, antes de que nos incluyesen en los ficheros.
A mí me ha pasado y efectivamente es así, por lo menos en mi caso.
De polinizar no al contrario, lo que muchas veces sirve y aporta son las experiencias de cada uno...
Lo normal es lo que comentamos, pero como en todo, siempre existe una excepción a la regla.. gracias por aportación.
Un saludo.
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