En cuanto al factor corrector:
Las entidades aseguradoras se niegan a incluir en las indemnizaciones el llamado "factor corrector por incapacidad temporal" contenido en la tabla V del anexo al baremo de accidentes de tráfico. Normalmente alegan la inconstitucionalidad de su aplicación en base a una interpretación fraudulenta de la Sentencia del Tribunal Supremo 181/2000.
Pero el Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia (STS 289/2012 de 30/04/2012) en la que deja clara la procedibilidad de la aplicación del factor corrector por incapacidad temporal.
Pero no sólo queda clara la plena aplicabilidad del factor corrector por incapacidad temporal, sino que también parece dejar claro que es obligatoria y pertinente la aplicación del "factor corrector por incapacidad temporal" contemplado en la tabla V del anexo al baremo de accidentes de tráfico cuando se trate de personas en edad laboral, aunque no acrediten ingresos. El porcentaje de aplicación, si no se acreditan ingresos irá del 1% al 10%, aunque el Tribunal Supremo ha avalado la aplicación directa del 10% en las dos últimas sentencias dictadas. Ello no impide que un juez pueda decidir en su juzgado la aplicación del 5%, pero deberá justificarlo.
Te dejo la sentencia
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...l_sin_ingresos
En esa misma página del poder judicial, en "noticias judiciales" tienes 3 o 4 sentencias más sobre el factor corrector. Por si te sirven para la "fundamentación de derecho"
Saludos