Muchas Gracias Maribelica. :)
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Hola a tod@s:
He estado leyendo el hilo pero hay algo que no me queda claro. Tengo deudas con el ayuntamiento en concepto de ibi y demás. He leído que prescriben a los 4 años pero en según qué circunstancias no. ¿En cuáles sí y cuáles no?. Yo, por ejemplo, sí que he ido hace un tiempo a informarme acerca de la deuda. ¿Esto paraliza el proceso? Muchas gracias.
Me temo que tendrás que pagar tarde o temprano..
Te hacen un B.O.E autonómico y comienza la cuenta y como no les cuesta un euro lo pueden hacer anualmente...pocas deudas de los currelas se quedan sin pagar o prescriben..
Bien es cierto que también te mandan certificados reclamando la deuda y aunque no lo recojas,les sirve de prueba para parar la prescripción..Un saludo.
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Tengo una duda importante. Sé que en el 2015 se hizo modificación de plazos de prescripción, pero que en el caso en que YA HAYA pasado por juicio, no hay plazo de prescripción/caducidad. ¿Es esto así? ¿Pueden reclamártelas de por vida -30-40 años? Entonces, no entiendo cómo ponen prescripción para Hipotecas (que suelen ser cantidades grandes) y para casos como el mío (2 deudas de 2 préstamos de 2 bancos, por un importe mucho menor a una hipoteca media, me pusieron el juicio hace ya 7-8 años, pero no he podido pagar las deudas -y sí lo he intentado- pero todavía quedaría mucho), ¿por qué no tenemos prescripción/caducidad?
¿Cómo sería en estos casos (en casos que ya ha pasado por juicio y son deudas con bancos -préstamos-? ¿Toda la vida voy a llevar esta losa? Si ganara como un diputado (5000 euros al mes) podría pagarlas en menos de 1 año, pero como la mayoría de españoles podemos ahorrar poco, pues es difícil.
Mil gracias,
Un saludo.
Si ha pasado el juicio y te han condenado a pagar,segun te embarguen es lo que embargan y depende de lo que te embarguen y lo que debas.Hasta que no terminas de pagar lo que te han condenado no se acaba.
Es decir, que puedo estar pagando hasta los 80 años?? Vaya, parece una condena. Mi objetivo es pagarlo, y me encantaría pagarlo o poder haberlo pagado, pero me niego a no tener el derecho que tienen muchas otras cuestiones (prescripción de deudas, o incluso de la gente que comete delitos graves, que también tienen prescripción) de poder poner un fin a ese problema si no se puede pagar. No voy a estar dando 100 euros todos los meses hasta los 80 años.
Además que si está judicializado ya no me puedo beneficiar de las reformas que hizo el Banco de España respecto a los intereses abusivos (Cetelem por ej.), o comisiones por impago mensuales (18 euros al mes), etc. Y encima le meten 3000 euros de abogado dentro de un +30% de gastos de juicio. Vamos, que de una deuda de 25.000, se queda en 55.000. No sólo no lo facilitan sino que les ponen todas las trabas.
No se si alguien pueda tener informacion al respecto sobre esto, quizas por tener contactos de alguien que trabaje en recobros, por haber leido sobre el tema, o simplemente por su experiencia en el foro y en la asociacion...
Son muchas las deudas que van a prescribir en 2020. Alguien sabe, imagina, intuye... si las entidades de credito consideran demandas "en masa" contra todas esas deudas? O simplemente las dejaran pasar? Hay que tener en cuenta que son deudas que no han sido judicializadas durante varios años, desde 2015 al menos.
Me imagino que eso tambien podria tener cierto efecto colapso en muchos juzgados...
Se que es dificil intuir por donde iran los tiros. En cualquier caso, que opinais que puede pasar?
Saber lo que va a pasar es jugar un poco a adivino, pero mi impresión (sustentada en el chupito de licor café que me acabo de mandar; es decir, que es una opinión estrictamente personal) es que va a haber una oleada de demandas antes de octubre de 2020. Date cuenta que el 95% de la gente (y creo que me quedo corto) no se opone. Blanco y en botella...
Si, evidentemente se trata de dar opiniones (salvo que alguien tenga informacion por algun contacto en recobros).
No sabia que solo el 5% o menos se opone en el monitorio. En fin, esta por ver que pasa entonces. En mi juzgado en particular tramitar un monitorio lleva 5-6 meses, y los juicios pueden irse a 1-2 años. Como venga una oleada en una ciudad que ademas esta empobrecida... Tan solo en mi bloque veo cartas de cetelem o cofidis cada dos por tres. Intuyo que muchos de ellas por impagos... El numero de deudores de tarjetas, microcreditos, etc. que hay en la ciudad puede ser muy muy curioso.
También habrá muchos casos, donde ni siquiera lleguen a los juzgados porque se hayan traspapelado, entre las ventas de unos supuestos usureros a otros que las compran
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Yo pienso que mas que oleada de demandas lo que estan haciendo es escoger las de mayor cuantia y las que tienen mejor documentadas para que sus posibilidades de ganar sean mas altas....
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Tambien hay que considerar que todas estas deudas son deudas sobre las que los acreedores son reacios a poner demandas, por ello llegan o llegaran a los 5 años sin entrar en el juzgado.
Ahora bien, claro esta que ahi es cuando el acreedor se planteara cuales deja caer para siempre, y sobre cuales pone demanda. Pero parto de la base de que todas son malas para llevarlas al juzgado, porque si no han demandado en 5 años, debe ser por algun motivo: ya sea porque el deudor no puede responder con nada, porque esta mal documentada, porque hay clausulas usurarias que les tumbaria el juzgado, o a saber que...
Pero antes que perderlas para siempre, seguro que muchas acaban en el juzgado. No os quito razon...
Sobre la demanda masiva, yo llevo desde 2009 sin niguna demanda, (que yo sepa claro), ni monitorio, ni embargo, supongo que no han presentado nada aun, en equifax hace 2 años que no tengo nada inscrito.
Pregunta si estoy empadronado en Madrid hace 5 años cualquier monitorio etc me llegara a Madrid no? o ira a la direcion antigua osea la que tenia cuando firme los prestamos?
Mas que nada para enterarme.
Gracias
La dirección de envío la decide el demandante, es decir enviarán la demanda al domicilio que tiene el demandante en sus archivos del demandado.
Si el juzgado no te localiza en esa dirección, entonces es cuando consultarán el padrón y derivarán esa demanda al domicilio que figura en el padrón.
Como me ha pasado a mi, me buscaron por el padrón
Pues bueno si algo tiene que llegar ya lo veremos, me quedo mas tranquilo y no se perdera y podre actuar.
Gracias
Desde 2009 y les iba a dar por demandar en torno a 2019 para que no prescriba?
No digo que no. Pero suena raro cuanto menos. Quien no ha movido el tema desde hace tanto tiempo...
Relaciones jurídicas nacidas entre el 7 de octubre de 2005 y el 7 de octubre de 2015: se les aplica la regla transitoria de la Ley 42/2015, que se remite al artículo 1939 del CC, con lo que prescribirían en todo caso, el 7 de octubre de 2020.
Si en ese periodo de tiempo se ha presentado un monitorio y este se ha archivado por falta de notificacion por ejemplo, tambien empieza de nuevo el periodo de 15 años? O esto ha cambiado en la nueva ley?
No ha cambiado. Se resetea el contador.
Subo hilo...para los nuevos.
Gracias Anele : )
Pero cuando la deuda es de un préstamo personal?, o de crédito al consumo se llaman. Yo lo constituido en Noviembre de 2005. Pero el abogado de Acusa con quien estuve la semana pasada no sabia si eran 15 años desde que se constituye o desde su vencimiento. Si es del vencimiento .....no acabará nunca el plazo, y con él el miedo a la demanda.
Gravias.
Es desde que la deuda es cierta, vencida y exigible. O sea cuando dejas de pagar. A los 90 días de un impago te pueden declarar en mora y exigirte todo (no siempre lo hacen). Pero a partir del momento que se produce un impago es cuando cuentan los plazos de ese vencimiento periódico. O si te declaran en mora a los 90 días desde ese momento por el total del capital más intereses. Y que el abogado no sepa esto tiene coj...
Exacto, tiene coj.....
Cuestion, que la deuda vence a los 15 años de entrar en imoagi, no de constituirlo. ??, pues en mi caso sería en 2029. Pero con la nueva ley en Oct.2020.
También me pareció entender que cuando sales de asnef (no por pagar sino por los 5 años tfanscurridos), ya no te podían reclamar judicialmente. Pero te pueden reclamar siempre pues, hasta ese oct,.2020.
Gravias a todos.
Hola, conocéis algún caso en que no hayan reclamado judicialmente una deuda? Esto existe? Imagino que será en cantidades pequeñas que no les interese por los gastos.... pero lo que comentais alguno de porque se traspapele al venderal y tal, pufff no sé....
Yo tengo dos del 2014, una de abril y otra de Julio, si os interpreto bien, que probablemente NO, con la nueva normativa también caducarían en el 2020? o al ser impagadas desde antes del 2015 me prescribe a las 15 años..... No tengo comunicación fehaciente, salvo cartas no certificadas y llamadas no contestadas.
Gracias amigas
Y las deudas de los microcreditos cuando prescriben
Todas tienen los mismos plazos salvo las hipotecarias, las de organismos oficiales o las de suministros (electricidad, telefonía, etc.).
Tengo una duda. En septiembre de 2015 contraté una tarjeta BarclayCard que ahora es de Wizink. Llevo dos recibos devueltos (Julio y Agosto de este año). Cuándo prescribiría esta deuda? En Octubre de 2020? o cuenta desde que se empieza a entrar en mora?
2024. Cuenta desde que entras en mora. Antes no tenías deuda ninguna.
Muchas gracias Efcarrasco!
En las deudas hipotecarias los 20 años a partir de que fecha se cuenta? No entiendo lo de a partir de la fecha de vencimiento para la adquisición de la vivienda, mi deuda es como aval garante, hace alguna diferencia? Una vez prescrito Cúanto tiempo tiene el banco para hacer el proceso de que no se pierda la deuda.?
Por cierto, creeis que va a haber saturacion en los juzgados durante los proximos meses? Lo digo por la fecha de prescripcion cercana para aquellas deudas anteriores a octubre de 2015...
Eso solo lo saben los acreedores. A saber cuál es su estrategia